lunes, 13 de septiembre de 2010

SUMARIO 2010

  1. ACTIVIDAD 16/08/2011
  2. ACTIVIDAD 23/08/2011
  3. ACTIVIDAD 23/08/2011
  4. ACTIVIDAD 30/08/2011

·         MODELO de ESTATUTO
·         Diagnóstico sobre NTIC
·         ACIVIDAD 1 TP 1 TyONG
·         Material TEORICO estudio TyONG
·         ATENEO AULA VIRTUAL 

Lista de Alumnos 2011

·         Programa -Teórico - TP de Tecnología y ONG 2009

“Tercer Sector, ONG, Organizaciones de la sociedad civil. Experiencias y reflexiones en torno a su centralidad en la sociedad actual”. Una buena oportunidad para conocer las características de un sector que crece y se fortalece en nuestro país. Las ONG o instituciones del Tercer Sector se constituyen como tal en tanto su marco de acción se encuentra por fuera del Estado (como Primer Sector) y del mercado (Segundo Sector). Tienen como función fundamental promover al desarrollo social mediante sus acciones desde la sociedad civil. En esta mesa redonda se presentarán experiencias, como la de Un techo para mi país, y se brindará un espacio para reflexionar en torno al papel que estas organizaciones están cumpliendo y el rol que como profesionales podemos tomar.

Hummmmmmmmmmmm ...........

¿ Que pienso sobre las ONG ?

En principio, pienso que exponer UNA opinion que las abarque a todas por igual puede llegar a ser, ademas de pretencioso (ya que no las conozco a todas), incorrecto (porque, entre las pocas que conozco, la diversidad es grande).

Hecha esta salvedad, comento:

A la primera pregunta

¿Existen para hacer de parches a un Estado ineficiente?

A veces si.
Algunas se han generado a partir de Grupos de Interes que, dado que el sistema politico no ofrecia respuestas a sus requerimientos, vieron en la gestacion de una ONG la "salida" a sus necesidades.
Pero tambien estan las que, mas que "emparchar" al Estado, se han generado para "aprovechar" al Estado, usufructuando exenciones, facilidades y fondos publicos que dificilmente hubieran sido asignados a particulares.
Sea cual fuere el caso, ambos expresan un problema genetico de las ONG: TIENEN NOTORIAS TENDENCIAS ANTIDEMOCRATICAS. En los casos que conozco, los Grupos de Interes en cuestion son minorias que, no habiendo (por cuestiones de numero) podido imponerse como "voluntad popular" dentro del sistema politico existente, "buscan por afuera" lo que de otra manera no se les da. Sus autoridades suelen ser casi vitalicias, y, mas alla de ciertas excepciones, existe una especie de "titulo de nobleza" que confiere el haber sido fundador u organizador inicial, el cual otorga una innegable cuota de poder que es muy dificil, cuando no imposible, cuestionar desde dentro de la ONG.-

A la segunda pregunta:

¿Se pueden gerenciar o ese es un termino reservado exclusivamente para las empresas?

El grado de "gerenciamiento" que las ONG logran (sigo diciendo esto con relacion a las que conozco) es tanto mas notorio cuanto mas antidemocratica es la ONG en cuestion. En efecto, esa "clase interna dirigente", muchas veces "ultrapersonalista" le suele imprimir un estilo de gestion muy similar al de cualquier "empresa privada". No hay debate (o casi no lo hay) y se hace lo que la dirigencia quiere.
Analizado en estos terminos, son, casi, organizaciones de adhesion: si te gusta te quedas, si no, te vas.-

Y a la ultima (aunque creo que, casi seguro, surgiran mas cuestiones):

¿Dependen para financiarse exclusivamente de la caridad de empresas y personas?

No. Relacionado con lo anterior, hay varias que han hecho sobre esa "caridad" un muy buen analisis "marketinero" y hoy venden un "producto": Ese producto es "hacerle creer" a la gente que, por esa via, estan intentando conseguir sus objetivos. Es casi risible, pero he visto gente que maldice por tener que pagar impuestos (y no demasiados) pero que, todos los meses, contribuye sin chistar a, por ejemplo, Greenpeace (cuya honorabilidad no discuto, pero que resulta bastante criptica respecto a su funcionamiento interno, salvo para los que estan adentro). Esa gente exige transparencia de sus politicos, pero se contenta conque Greenpeace le cuente que sigue desempetrolando pingüinos con sus aportes, sin saber quienes, cuando, cuanto y donde lo hacen, que recursos se involucran en ello, y etceteras varios.-

Bueno, como resumen final, y teniendo en cuenta la salvedad expresada al inicio, pienso que debe tenerse cuidado de no poner a todas las ONG en la misma bolsa, ya que NO TODO LO QUE RELUCE ES ORO.

domingo, 12 de septiembre de 2010

FORO

 FORO:Asociación vs Fundación (poner en buscar)


get your own embeddable forum with Talki

sábado, 11 de septiembre de 2010

Visita a la IGPJ de la Provincia de Corrientes

Visita a la IGPJ de la Provincia de Corrientes
La entrevista lo realizaron los alumnos del Profesorado de Tecnología Taller de Tecnología y ONG , una Alumna del Profesorado de Economía y el Profesor Lic. Rodolfo Domínguez el día Miércoles 08 de septiembre/2010 al representantes de la IGPJ de la Prov. de Ctes.
Toda Cátedra  y Directivos del ISFD "JM Estrada" agradece a:
La Señora Subdirectora Escribana Maria Romero y al Sr. Navarro de la institución

Trabajo previo a la entrevista, estudiar este material




Nota
Noat ONG y Estrada

viernes, 6 de agosto de 2010

Tecnologia y ONG cursado 2010

En este taller vas a aprender y a explicar como se crea una ONG
y publicar en la web 2.0 sus productos, si realiza a conciencia
aprobarás el taller que te servirá para la vida en todos sus aspectos

Todos los alumnos  2010, deben registrarse en viando un mensaje a rodolf_doming@yahoo.com
  1. Curso y División
  2. Apellido y Nombre
  3. correo electronico
  4. grupo de trabajo (A - B)
 
Tecnología y ONG
(PEC – Programa – Parte de teórico y TP)

Programa de Tecnología y ONGs

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aca debajo deja tus datos Curso y División . Apellido y Nombre

domingo, 1 de agosto de 2010

SUMARIO 2009

ACTIVIDAD 1
ACTIVIDAD 2
ACTIVIDAD 3
TITULO 3
TITULO 4 (trabajo Final)
Lista alumnos del Taller 2009

TEÓRICO (Material de Estudio - dominar)
TP 1
TP2
TP 3
TP4


PULZAR AQUI Comunicaciones con el Profesor

lunes, 8 de marzo de 2010

Programa 2010 Tecnologia y ONG

Profesorado: Tecnología
Taller: Tecnología y ONGs
Tipo de espacio: optativo
Curso y División: 4to  2da ( Anexo – Escuela 955)
Duración: Cuatrimestral ( 2do cuatrimestre)
Profesor: Lic. Rodolfo Domínguez
Carga Horaria : 4 (cuatro) horas
Día dictado:  Martes  desde las         horas  hasta          horas
Lugar: Es sumamente importante para la realización de este taller una PC conectada a la red de Internet. 
Bajada a terreno: 1) ONGs de la ciudad de Corrientes
Espacios afines: Procesos Productivo  Tecnología de Gestión, TIC (I) y (II), Sistemas Tecnológico, Proyecto Tecnológicos Práctica pedagógica otro espacios. ( hay intenciones de articular y realizar algún trabajo compartido)
Sitio web del espacio: http://tallertong.blogspot.com/ 
Año lectivo: 2010

PROGRAMA
PARTE I   (Teórico /Práctico)

Las Organizaciones y las ONGs
1)    Las organizaciones
a)    ¿Qué son las organizaciones?.
b)    Clasificación y características.
2)    Las ONGs  (Empresas y organizaciones sin fines de lucro. )
a)    ¿Qué es una ONG?
b)    Tipos de ONG que se pueden constituir
c)    Constitución de ONG
d)    ONG de
e)    Los sectores de trabajo
f)     ¿La federación es la unión de  asociaciones?l
g)    ¿Que es una  Confederación?
h)    ¿Qué es una Fundación?
i)      ¿Qué es una asociación?
i)      Los pasos a seguir para constituir una Fundación
·         Cómo constituir una Asociación
·         Elaboración del acta fundacional 
·         Como se Constituye una  ONG
·         Los órganos asociativos 
·         Inscripción en el registro 
·         La solicitud contendrá los siguientes datos:
·         Legalización de los libros de actas y socios
      7)  Modelos de Estatutos de ONG en  Argentina 

PARTE II  (Práctico: Modalidad Taller,  para ser desarrollado en un ciber (1) )
El uso de las NTI de la Web 

1.    Los dispositivos tecnológicos gratuitos de la Web
a)    Las webquests
b)    Los Blogs
c)    Otros
2.    Obtención de información
a)    Búsqueda  una ONG en la zona establecer relaciones para encontrar la manera como se lo puede ayudar desde la Cátedra de Tecnologías (NTI)  y ONG
b)    El paso siguiente es conocer  los aspectos estructurales y funcionales , sus relaciones con el entorno. Etc.
c)    Buscar en la Web ONG y ver como realizan su publicación
d)    Encontrar similitudes con la ONG elegida
3.    Realizar el diseño para colocar en la Web
4.    Insertar la publicación en la Web
5.    Publicar en la Web todo lo necesario para publicitar a la entidad elegida
6.    La página deberá publicar la información institucional de la  organización. Y deberá poseer:
a)    Secciones de contenidos
b)    Página presentación inicial
c)    Misión de la Organización
d)    Objetivos de la Organización
e)    Proyectos
f)     Autoridades
g)    Datos institucionales y contacto.
h)    El producto básico incluye
7.    Elaborar una  webquests sobre las ONG y la tecnología
8.    Elaboración de la actividad grupal completa en POWER POINT





7)   BIBLIOGRAFIA

  1. Domínguez Rodolfo Webquest “ Taller de Tecnología y ONGs” http://rodolfodominguez2008.blogspot.com/
  2. "Manos a la obra"  Plan de Desarrollo Local y Economía Social
3.    Apolinar García “ Administración de la Producción y de las Operaciones” Ed. Sainte – Claire   Bs. As 1998
4.    Autores varios “Tecnología 1 “ Ilustraciones , videos, comentarios y actividades Ed. Ediciones Nuevas 2003
  1. Barnard, Chester LAS ORGANIZACIONES http://www.monografias.com/trabajos12/lasorgz/lasorgz.shtml#TIPOS  As funcoes do executivo. Sao Paulo. Atlas. 1971.
  2. COMO HACER UNA ONGs http://www.sociedadcivil.cl/accion/portada/pagina.asp?p=20
  3. http://canales.solucionesong.org/detalle/?id=345&idi=14
  4. http://www.desarrollosocial.gov.ar/Planes/DLES/info_gral.asp#rer
  5. LAS ONGs   http://www.puc.cl/cienciassociales/cees/html/empsol.html
  6. ONGs, Tercer Sector, Sociedad Civil. Denominaciones.  Las denominaciones responden a clasificaciones que son consistentes con la observación y la posición en la sociedad desde la que se realiza.

  

domingo, 6 de septiembre de 2009

Programa -Teorico - TP de Tecnolgia y ONG

Profesorado: Tecnología
Taller: Tecnología y ONGs
Tipo de espacio: optativo
Curso y División: 4to 2da ( Anexo – Escuela 955)
Duración: Cuatrimestral ( 2do cuatrimestre)
Profesor: Lic. Rodolfo Domínguez
Carga Horaria : 4 (cuatro) horas
Día dictado: Martes desde las 18,40 horas hasta 21,20 horas
Lugar: Es sumamente importante para la realización de este taller una PC conectada a la red de Internet.
Bajada a terreno OBLIGATORIO : 1) ONGs de la ciudad de Corrientes
Espacios afines: Procesos Productivo Tecnología de Gestión, TIC (I) y (II), Sistemas Tecnológico, Proyecto Tecnológicos Práctica pedagógica otro espacios. ( hay intenciones de articular y realizar algún trabajo compartido)
Año lectivo: 2009


1) PEC (del DCI Profesorado de Tecnología)

Tecnología y O.N.G.s

A partir de las modificaciones en el comportamiento del Estado, quien se retira de una gama de funciones sociales, y entre ellas las vinculadas a la investigación, producción y regulación de tecnología, surgen otros actores no gubernamentales que, poco a poco ocupan desde lo privado, los espacios abandonados por el Estado.

Las O.N.G.s, no sólo son administradoras o ejecutoras de recursos de origen privado, sino que también ejercen dichas funciones en el manejo de recursos públicos.

Esa situación, exige del ciudadano, una posición sumamente atenta y responsable, para ejercer su rol de control en el desempeño de las O.N.G.s

Cómo obtener información y, sobre todo, cuáles son las formas de acceso a los beneficios que median, son contenidos fundamentales en este par de espacios.

Autoconstrucción de viviendas, diversificación de cultivos, implementación de pequeñas empresas, circuitos alternativos para la salud, generación de nuevos puestos de trabajo, son temas propios de las O.N.G.s., que bajo la modalidad de "planes" y "programas", convocan a la formulación de "proyectos" para la inclusión de los beneficiarios.

Lo vertiginoso del proceso descrito y la falta de formación del ciudadano, ya han producido usos defectuosos de los recursos.

El joven deberá desarrollar una actitud crítica y vigilante, y una capacidad auto reciclable para participar en las convocatorias privadas para la aplicación del recurso público.


PROGRAMA TECNOLOGIA Y ONGs
PARTE I (Teórico /Prático)
Las Organizaciones y las ONGs
1) Las organizaciones
a) ¿Qué son las organizaciones?.
b) Clasificación y características.
2) Las ONGs (Empresas y organizaciones sin fines de lucro. )
a) ¿Qué es una ONG?
b) Tipos de ONG que se pueden constituir
c) Constitución de ONG
d) ONG de
e) Los sectores de trabajo
f) ¿La federación es la unión de asociaciones?l
g) ¿Que es una Confederación?
h) ¿Qué es una Fundación?
i) ¿Qué es una asociación?
i) Los pasos a seguir para constituir una Fundación
• Cómo constituir una Asociación
• Elaboración del acta fundacional
• Como se Constituye una ONG
• Los órganos asociativos
• Inscripción en el registro
• La solicitud contendrá los siguientes datos:
• Legalización de los libros de actas y socios
7) Modelos de Estatutos de ONG en Argentina
PARTE II (Práctico: Modalidad Taller, para ser desarrollado en un ciber (1) )
El uso de las NTI de la Web
1. Obtención de información
a) Búsqueda una ONG en la zona establecer relaciones para encontrar la manera como se lo puede ayudar desde la Cátedra de Tecnologías (NTI) y ONG
b) El paso siguiente es conocer los aspectos estructurales y funcionales , sus relaciones con el entorno. Etc.
c) Buscar en la Web ONG y ver como realizan su publicación
d) Encontrar similitudes con la ONG elegida
2. Los dispositivos tecnológicos gratuitos de la Web
a) Las webquests
b) Los Blogs
c) Otros
3. Realizar el diseño para colocar en la Web
4. Insertar la publicación en la Web
5. Publicar en la Web todo lo necesario para publicitar a la entidad elegida
6. La página deberá publicar la información institucional de la organización. Y deberá poseer:
a) Secciones de contenidos
b) Página presentación inicial
c) Misión de la Organización
d) Objetivos de la Organización
e) Proyectos
f) Autoridades
g) Datos institucionales y contacto.
h) El producto básico incluye
7. Elaborar una webquests sobre las ONG y la tecnología
8. Elaboración de la actividad grupal completa en POWER POINT

PARTE I Teórico
Las Organizaciones y las ONGs

3) Las organizaciones
c) ¿Qué son las organizaciones?.
d) Clasificación y características.
4) Las ONGs (Empresas y organizaciones sin fines de lucro. )
j) ¿Qué es una ONG?
k) Tipos de ONG que se pueden constituir
l) Constitución de ONG
m) ONG de
n) Los sectores de trabajo
o) ¿La federación es la unión de asociaciones?l
p) ¿Que es una Confederación?
q) ¿Qué es una Fundación?
r) ¿Qué es una asociación
s) ?

DEFINICIONES DE ORGANIZACIONES
Las organizaciones son sistemas sociales diseñados para lograr metas y objetivos por medio de los recursos humanos y de otro tipo. ...
Las organizaciones son sistemas sociales diseñados para lograr metas y objetivos por medio de los recursos humanos y de otro tipo. Están compuestas por subsistemas interrelacionados que cumplen funciones especializadas. Convenio sistemático entre personas para lograr algún propósito específico.
Grupo social compuesto por personas, tareas y administración, que forman una estructura sistemática de relaciones de interacción, tendientes a producir bienes y/o servicios para satisfacer las necesidades de una comunidad dentro de un entorno y así poder satisfacer su propósito distintivo que es su misión.
Organización: Es un sistema de actividades conscientemente coordinadas formado por dos o más personas; la cooperación entre ellas es esencial para la existencia de la organización. Una organización solo existe cuando hay personas capaces de comunicarse y que están dispuestas a actuar conjuntamente para obtener un objetivo común.
Es un conjunto de cargos cuyas reglas y normas de comportamiento deben sujetarse a todos sus miembros y así valerse el medio que permite a una empresa. La organización es el acto de disponer y coordinar los recursos disponibles (materiales, humanos y financieros). Funciona mediante normas y bases de datos que han sido dispuestas para estos propósitos.

CARACTERÍSTICAS 1. Conjunto de personas y recursos.
2. Objetivos o metas definidas o asignadas por sus integrantes.
3. Creados en un punto temporal: inicio de actividad.
4. Orden jerárquico establecido, normas y reglas que cumplir.
5. Crean y satisfacen necesidades.
6. Producen y/o venden bienes y servicios.
7. Dan y generan trabajo.
8. Transmiten cultura.
9. Generan, transmiten y poseen poder.
10. Crean, imágenes, símbolos, prestigios, etc.
11. Son indicadores de la sociedad actual.
12. Son espacios de desarrollo profesional y personal.
13. Producen y transmiten tecnología.
14. Son medios para crear, conservar, y transmitir conocimientos
CLASIFICACIÓN
“Tamaño”
* Mediana.
* Pequeña.
* Microenprendimiento.
'''Localizacion:'''
* Multinacional – internacional.
* Nacional.
* Local o regional.
'''Producción:'''
* Bienes.
* Servicios.
'''Propiedad:'''
* Publica.
* Privada.
* Mixta.
'''Grado de integración:'''
* Totalmente integrada.
* Parcialmente integrada.
'''Actitud frente a los cambios:'''
* Rígido.
* Flexible.
FINALIDAD:
* con fin de lucro.
* Sin fin de lucro.

ESTRUCTURA: * Formales.
* Informales
TAMAÑO:
* grande.
* Mediana.
* Pequeña.
* Microenprendimiento
LOCALIZACION: * Multinacional – internacional.
* Nacional.
* Local o regional
PRODUCCION * Bienes.
* Servicios
PROPIEDAD: * Publica.
* Privada.
* Mixta
GRADO DE INTEGRACION: * Totalmente integrada.
* Parcialmente integrada.

ACTITUD FRENTE A LOS CAMBIOS * Rígido.
* Flexible

RECURSOS DE LAS ORGANIZACIONES
Son los necesarios para desarrollar sus actividades al llevar a cabo su fin, difieren según sus actividades.
Recursos materiales: • Dinero para adquirir los recursos. • Materias primas o insumos que se transforman en un proceso y se convierte en productos denominados bienes o servicios. • Inmuebles, instalaciones y rodados necesarios para llevar a cabo el proceso productivo y las actividades. • Maquinaria y herramientas utilizadas en el proceso productivo.
Recursos humanos es el elemento activo (dueños, accionistas, socios, trabajadores).
Recursos naturales, tierra, agua, aire, gas, y energía en todas sus formas (electricidad, solar, hídrica, combustible).
Recursos tecnológicos, medios para lograr un objetivo, son los modos de obrar, hacer o producir (métodos, técnicas y procedimientos utilizados en la organización).
Recursos cognitivos, ideas conocimientos, información originadas en el intelecto humano y en el avance tecnológico y científico.
Recursos intangibles, marcas, nombres y prestigio, para acceder y posicionarse en el mercado.

FORMAS ORGANIZACIONALES
Aplicar la administración más adecuada a la realidad y a las necesidades específicas de cada organización es función básica de todo administrador. Se presentan 3 criterios básicos:
* Actividad o giro. Industriales, comerciales, servicios.
* Origen del Capital. Públicas, privadas.
* Magnitud de la empresa. Grandes, medianas, micro o pequeñas empresas.

AMBIENTES ORGANIZACIONALES
Están moldeados por los componentes de su ambiente, no se pueden ni deben ignorar, además, deben de reconocer y responder en forma rentable ante las necesidades y tendencias que demande.
Ambiente Externo. Son instituciones o fuerzas fuera de la organización, relevantes para sus operaciones, afectando su rendimiento. Toman Insumos (materias primas, dinero, mano de obra y energía), los transforman, después los regresan en forma de Productos o Servicios para la sociedad a la que atienden.
Son de dos tipos:
1. Elementos de acción Indirecta (Macro entorno), afectan al clima en el que se desarrolla la actividad organizacional. No tienen una influencia directa pero si potencial para convertirse en elementos de acción directa.
2. Elementos de acción Directa (Micro entorno), (Grupos de Interés Externo). Ejercen influencia directa en las actividades de la organización. Son afectados, directa o indirectamente, por la forma en que la organización busca lograr sus objetivos.
Ambiente Interno, llamado Clima Organizacional. Grupos o Elementos de Interés Interno, que ejercen influencia directa en las actividades de la organización, y caen dentro del ámbito y responsabilidad de un director y/o sus gerentes. Además esto hace más amena la influencia del orden y organización.

ORGANIZACIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LAS ONG
Las ONG son entidades privadas que desarrollan un trabajo con recursos económicos públicos recibidos a través de subvenciones o convenios y con los recursos propios que generan las cuotas de las personas que son socias.
Respetando la diversidad y la capacidad de autogobierno de cada entidad, las ONG han de reflejar una serie de características en su organización:
* Transparencia.
* Austeridad.
* Optimización de recursos.
* Profesionalidad.
En el caso de las fundaciones, éstas han de presentar una memoria técnica y económica al protectorado del que dependan. En las asociaciones es la asamblea la que supervisa y aprueba la gestión.
Pero las bases esenciales que guían la organización de las ONG son los valores. Este auge de valores como la solidaridad, el altruismo y la ayuda mutua parecen contrastar con el creciente individualismo y el culto a los bienes materiales.
En este sentido, la coordinadora española de las ONG de Desarrollo (ONGD) ha elaborado un código de conducta, en el que se definen las principales características de una ONGD.
Existen otras entidades que, bajo la forma jurídica de asociaciones, tienen fines mutualistas. Es decir, son entidades dedicadas a satisfacer las necesidades de sus miembros, o incluso pensadas para ofrecer un servicio o producto a menor coste.
«« Estructura legal
El voluntariado y sus implicaciones sociales »»
Confianza en las asociaciones La participación y el apoyo a las organizaciones es una cuestión de confianza por parte de la ciudadanía. Las personas confían en una gestión adecuada que garantice que los esfuerzos personales y económicos son destinados a los fines propuestos. Para ello, algunas entidades utilizan como herramienta las auditorías de cuentas que avalan su transparencia.

ORGANIGRAMA
Un organigrama es la representación gráfica de la estructura organizativa de una empresa u organización. Representa las estructuras departamentales y, en algunos casos, las personas que las dirigen, hacen un esquema sobre las relaciones jerárquicas y competenciales de vigor en la organización.
El organigrama es un modelo abstracto y sistemático, que permite obtener una idea uniforme acerca de la estructura formal de una organización.
Tiene una doble finalidad:
* Desempeña un papel informativo, al permitir que los integrantes de la organización y de las personas vinculadas a ellas que conozcan, a nivel global, sus características generales.

* Es un instrumento para realizar análisis estructurales al poner de relieve, con la eficacia propia de las representaciones gráficas, las particularidades esenciales de la organización representada.
En el organigrama no se tiene que encontrar toda la información, para conocer como es la estructura total de la empresa.
Todo organigrama tiene que cumplir los siguientes requisitos:
* Obtener todos los elementos de autoridad, los diferentes niveles de jerarquía, y la relación entre ellos.
* Tiene que ser fácil de entender y sencillo de utilizar.
* Debe contener únicamente los elementos indispensables.

Clasificación de los organigramas
Según su contenido se pueden diferenciar tres clases de organigrama:
• Analíticos: Son específicos, su información es completa y detallada.
• Generales: Muestra visión muy simple de la organización. También en el está la información de mayor importancia.
• Suplementario: Son complemento de lo analítico.
De acuerdo a su forma los organigramas se pueden clasificar en cinco tipos:
1. Vertical: Muestra las jerarquías según una pirámide, de arriba a abajo.
2. Horizontal: Muestra las jerarquías de izquierda a derecha.
3. Mixto: Es una combinación entre el horizontal y el vertical.
4. Circular: La autoridad máxima está en el centro, alrededor de él se forman círculos concéntricos donde se nombran a los jefes inmediatos.
5. Escalar: Se usan sangrías para señalar la autoridad, cuanta mayor es la sangría, menor es la autoridad de ese cargo.

URL http://es.wikipedia.org/wiki/Organizaciones#Caracter.C3.ADsticas

1. Constitución de ONG
1.1 ¿Qué es una ONG?
1.2 Tipos de ONG que se pueden constituir
1. Constitución de ONG
La Fundación Luis Vives dispone de un servicio de asesoría presencial especialmente centrado en el apoyo a la constitución de entidades no lucrativas de carácter social y se presta de forma presencial, previa petición a través de fax o correo electrónico.




Pasos para la constitución de una Fundación Pasos para la constitución de una Asociación

1.1 ¿Qué es una ONG?
Una organización no gubernamental (más conocida por sus siglas ONG) es una entidad de carácter privado, con fines y objetivos definidos por sus integrantes, creada independientemente de los gobiernos locales, regionales y nacionales, así como también de los organismos internacionales. Jurídicamente adopta diferentes estatus, tales como asociación, fundación, corporación y cooperativa, entre otras formas. Al conjunto del sector que integran las ONG se le denomina de diferentes formas, tales como sector voluntario, sector no lucrativo, sector solidario, economía social y tercer sector social, entre otras. (Fuente: http://www.wikipedia.org)
Las entidades del tercer sector son instituciones privadas y sin ánimo de lucro, cuyas actividades se basan en unos principios y en unos valores determinados y que persiguen la consecución de un bien social a través de una gestión democrática, transparente y participativa, encauzando la labor solidaria de personas voluntarias. (Fuente: Manual de Ayuda para la gestión de ONG F. Luis Vives)
Por tercer sector entendemos el conjunto de organizaciones que tienen finalidades de interés social y sin ánimo de lucro.
Las finalidades están vinculadas a la mejora del entorno social, y se pueden encontrar organizaciones del tercer sector en campos muy variados, como por ejemplo, medio ambiente, cultura, ocio y juventud, actividades sociales, lucha contra la pobreza y la exclusión, cooperación internacional, etc. (Fuente: Observatorio del Tercer Sector)
Hay que aclarar que no se puede constituir una ONG como tal, ya que no es una figura jurídica. Para su constitución, hay que decidir entre las figuras jurídicas de asociación, fundación, ONGD o agrupación de entidades (federación, confederación).

1.2 Tipos de ONG que se pueden constituir
1. Una asociación es una entidad formada por un conjunto de asociados o socios para la persecución de un fin de forma estable, sin ánimo de lucro y con una gestión democrática.
Además, la asociación está normalmente dotada de persona jurídica, por lo que desde el momento de su fundación es una persona distinta de los propios socios, que tiene su propio patrimonio en un principio dotado por los socios, y del que puede disponer para perseguir los fines que se recojen en sus estatutos.
Las asociaciones pueden realizar, además de las actividades propias de sus fines, actividades que podrían ser consideradas como empresariales, siempre y cuando el beneficio de tales actividades sea aplicado al fin principal de la entidad sin ánimo de lucro (obra social).
2. Una fundación es un tipo de persona jurídica que se caracteriza por ser una organización sin ánimo o fines de lucro.
Dotada con un patrimonio propio otorgado por sus fundadores, la fundación debe perseguir los fines que se contemplaron en su objeto social, si bien debe también cuidar de su patrimonio como medio para la consecución de los fines.
Por ello, si bien la finalidad de la fundación debe ser sin ánimo de lucro, ello no impide que la persona jurídica se dedique al comercio y a actividades lucrativas que enriquezcan su patrimonio para un mejor cumplimiento del fin último.
(Fuente: http://www.wikipedia.org)

3. ONG de Desarrollo son aquellas organizaciones que trabajan principalmente en la Cooperación para al Desarrollo, la Solidaridad Internacional y la Acción Humanitaria.
Características
• Organización estable que dispone de un grado mínimo de estructura.
• No poseen ánimo de lucro y sus ingresos y/o beneficios se revierten en el desarrollo de sus programas y proyectos.
• Trabajan activamente en el campo de la Cooperación al desarrollo y la Solidaridad Internacional.
• Tienen amplio respaldo y presencia social.
• Son independientes, eligen sus contrapartes y fijan libremente sus objetivos y estrategias de acción.
• Disponen de recursos humanos y económicos que provienen de la solidaridad, donaciones privadas, trabajo voluntario y semejantes.
• Aplican mecanismos transparentes y participativos en la elección y de sus cargos, fomentando la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres así como la promoción de un voluntariado crítico y plural.
• Son transparentes en su política, en sus prácticas y en sus presupuestos y facilitan el control externo de sus actividades y recursos.
• Basan sus actividades y articulan sus objetivos en acuerdo a los principios de la Cooperación al Desarrollo, la Solidaridad Internacional y la Acción Humanitaria.
¿Cuales son los sectores de trabajo?
1. - Proyectos de Desarrollo
2. - Acción Humanitaria
3. - Sensibilización y Educación para el Desarrollo
4. - Investigación y Reflexión
5. - Incidencia Política
6. - Comercio Justo
(Fuente: CoNgDe)

4. La federación es la unión de al menos tres asociaciones. Para constituir una federación será necesario reunir los mismos requisitos que para constituir una asociación, y para ello se precisa un mínimo de tres miembros, que en este caso serán las asociaciones.
5. Confederación es la alianza de varias federaciones.
ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL
Una organización no gubernamental (tanto en singular como en plural ONG) es una entidad de carácter privado, con fines y objetivos humanitarios y sociales definidos por sus integrantes, creada independientemente de los gobiernos locales, regionales y nacionales, así como también de organismos internacionales.
Jurídicamente adopta diferentes estatus, tales como asociación, fundación, corporación y cooperativa, entre otras formas. Al conjunto del sector que integran las ONG se le denomina de diferentes formas, tales como organizaciones de la sociedad civil, sector voluntario, sector no lucrativo, sector solidario, economía social, tercer sector y sector social. Su membresía está compuesta por voluntarios. Internamente pueden tener un bajo o alto grado de organización. El financiamiento de actividades, generalmente, proviene de diversas fuentes: personas particulares, Estados, organismos internacionales, empresas, otras ONG, etc.
La expresión Organizaciones no Gubernamentales (ONG) nació a raíz de la invitación recibida por algunas organizaciones sociales por parte de la ONU en la década de 1960, para asistir sus asambleas como invitadas. Dado que la ONU es una organización de estados se buscó diferenciar los niveles.[1]
Contenido

1 Ámbitos de acción
2 Historia de las ONG
3 Tipos de ONG
4 Organizaciones no gubernamentales en Argentina
5 Véase también
6 Referencias
7 Enlaces externos

ÁMBITOS DE ACCIÓN Las ONG tienen como radio de acción desde un nivel local a uno internacional. Cubren una gran variedad de temas y ámbitos que definen su trabajo y desarrollo. Dichos temas están relacionados con ayuda humanitaria, salud pública, investigación, desarrollo económico, desarrollo humano, cultura, derechos humanos, transferencia tecnológica, ecología ,etc.
No tratan de reemplazar las acciones de los Estados u organismos internacionales en sus correspondientes países sino de cubrir y ayudar en aquellas áreas en las cuales no existen política sociales o económicas, o bien cuando estas políticas resultan insatisfactorias para algunos grupos de la sociedad. También denuncian las infracciones de los gobiernos, la corrupción y los abusos.
Historia de las ONG [editar]
Han existido aproximadamente desde el siglo XIX. Una de las más antiguas es la Cruz Roja. El reconocimiento formal de las ONG es a partir del artículo 71 de la Carta de las Naciones Unidas (1945):
El Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas podrá hacer arreglos adecuados para celebrar consultas con organizaciones no gubernamentales que se ocupen de asuntos de competencia del Consejo.
Además de participar del sistema de las Naciones Unidas, también lo hacen a nivel de los Estados nacionales que correspondan en calidad de observadores, consultores, ejecutantes de proyectos, como una forma de presión social ciudadana, etc.
Desde entonces el Consejo Económico y Social ha pasado de 41 ONG reconocidas con el status de consultivas en 1946 a unas 2350 ONG (2003). Número mucho mayor si se incluyen a las que actúan sólo a nivel local y regional.
A nivel local pueden ser creadas para ayudar a los niños de la calle, alfabetización, superación de la pobreza, facilitar el acceso a vivienda y bienes, realizar investigación social, educación popular, defensa del medio ambiente, defensa de los derechos de los consumidores, ayuda social, promoción cultural, integración social, entre muchas otras.

TIPOS DE ONG
Una clasificación usada para los tipos de ONG, puede ser:


1. Organizaciones voluntarias
2. Agencias y organismos de servicios no lucrativos
3. Organizaciones comunitarias o populares
4. Organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD)
5. Organizaciones de Inmigración
6. Algunas actividades a nivel internacional afrontadas por las ONG son:
7. Garantías de la aplicación de tratados internacionales humanitarios.
8. Promoción y denuncia de los abusos de los derechos humanos.
9. Vivienda social.
10. Ayuda humanitaria.
11. Protección del medio ambiente.
12. Laborales y medioambientales.
13. Cooperación para el desarrollo.
14. Ayuda a la infancia.
15. Ayuda y orientación a la Tercera Edad.
16. Inmigración.
17. Gestión de riesgos de desastres.
18. Comunicación para el desarrollo.
19. Participación ciudadana.
20. Otras

ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES EN ARGENTINA
En total crecimiento. En el país hay actualmente alrededor de 60.000 ONG reconocidas y 380.000 personas trabajando en ellas. Y por año se distribuyen millones de dólares en ayuda comunitaria. De todos modos creo que puede crecer mucho más. Y ser más estable. Es que en el país la solidaridad se moviliza más cuando ocurre alguna catástrofe por fenómenos naturales como terremotos e inundaciones. En los últimos 10 años, influenciado por los medios de prensa que son unos grandes sostenedores de los movimientos voluntarios y sociales, se ha producido un cambio. La difusión de lo que hacen las ONG ha llevado a que cada día más gente dedique su tiempo a ayudar a quienes lo necesitan.
Recursos
De este modo podemos concluir que las ONGs se ubican en la sociedad civil, que son organizaciones de la sociedad civil (OSC). Denominación esta última que tal vez se preste menos a confuciones respecto de una posible clasificación de las mismas.
Pero ¿cómo las podemos clasificar? Hay muchas clasificaciones, todas presentan
zonas grises, imprecisas. Según los beneficiarios de sus acciones y los orígenes de sus recursos:

Origen de los recursos Beneficiarios Sus propios miembros. Otros distintos de sus propios miembros.
Propios. Asociaciones de Afinidad.

Mutuales/cooperadoras.
Clubes sociales y deportivos.
Gremios y sindicatos.
Colegios profesionales.
Cámaras patronales. Fundaciones Empresarias.
De otras fuentes Organizaciones de Base.

Vecinales.
Sociedades de fomento.
Clubes barriales.
Bibliotecas populares.
Cooperadoras escolares y hospitalarias.
Movimientos ciudadanos. Organizaciones de apoyo.

De asistencia social.
De promoción y desarrollo.
De ampliación de derechos (dchos difusos)
Centros académicos.
Otra clasificación:
ONGs (organizaciones de apoyo),
Organizaciones de Base (base territorial)
Entidades Intermedias (organizaciones con fuerte presencia de voluntariado y desarrollo territorial)
Pero estas tres esferas en las cuales están involucradas las ONGs. u OSC, adquieren su dinámica específica en c/ sociedad concreta, a partir de las relaciones que establecen entre sí, cómo se van constituyendo, el peso de cada una en cada etapa histórica, sus características, etc.
En la Argentina podemos hablar de tres grandes etapas, que descriptas a grandes rasgos consisten en

LAS OSC EN LAS TRES ETAPAS HISTÓRICAS ARGENTINAS
1860/1930 1930/1980 1980/2000
Modelo agroexportador.
Estado liberal con fuerte acento en la construcción de la sociedad y las condiciones del mercado.
Fuerte predominio del mercado.
Acción colectiva: “étnica”, OSC: mutuales, cooperativas, etc.
Asoc. de afinidad del sector del trabajo muy movilizadas pero con baja capacidad de convocatoria.
Gran desarrollo de entidades intermedias: Soc. de Benficencia, San Vicente Paul, etc.
Pcios.: caridad, filantropia, beneficencia.
Relativa diferenciación de la soc. civil paralelo al desarrollo del sistema captilista y a la modernización generada desde el Estado.
Clientelismo político conservador. Modelo mercadointernista.
Intervención del Estado en la economía y en la sociedad.
Las políticas sociales como un derecho (ciudadanía social).
Gran desarrollo de las asoc. de afinidad ligadas al mundo del trabajo y desarrollo relativo de las Org. de Base.
Matriz Estado-céntrica:
Hiperpolitización.
Predominio del poder ejecutivo.
Organizaciones sociedad civil (fuertes y débiles).
Invisibilidad de OSC.
Inflación x consenso.
Ingobernabilidad de los sectores pop. activados.
Participación social heterogenea.
PPEE “particulares”.
Respecto del pcio. de equidad: exclusión, estratificación, financiamiento regresivo.
Respecto del pcio. de racionalidad: superposición institucional, modelos prevalentes.
Acción colectiva: Soc. org. alrededor del mundo del trabajo. Org. de masas, centralizadas, verticales, sectoriales. Ideologías fuertes. Crisis del Estado Social y de la MEC:
Crisis fiscal.
Burocratización.
Monop. de servicios.
Clientelismo. Partic.
Descinsentivación del trabajo y la inversión.
Reforma de la relación Estado/sociedad:
Estado postsocial
Se redefine:
Quién decide qué es lo que se hace. Quién hace lo que se hace. Quién paga los costos de lo que se hace y quién se beneficia con las nuevas políticas.
PPEE: Reformas de 1er. generación.
EFECTOS:
Nuevos problemas sociales y eco. a nivel nac. y local.
Política soc. selec, focaliz, compens.
Turbulencia e impredicibilidad del contexto y mayor complejidad multiact.
Crisis de Represent.
Proceso de territorialización de la acc. colectiva: de la centralidad del mundo del trabajo a la policent. del territorio.
Nueva lógica de la acción colectiva vinculada a lo local: Aspecto temático NMS y aspecto territorial OSC.
Frente a las ref. las OSC se arreglan como pueden => nec Refor. de 2da. gen.

Organización no Gubernamental para el Desarrollo (ONGD)
Lista de Organizaciones no gubernamentales
http://canales.solucionesong.org/detalle/?id=345&idi=14#345

Continuación PARTE I (Teórico /Práctico)
Las Organizaciones y las ONGs
5) Las ONGs (Empresas y organizaciones sin fines de lucro. )
i) Los pasos a seguir para constituir una Fundación
• Cómo constituir una Asociación
• Elaboración del acta fundacional
• Como se Constituye una ONG
• Los órganos asociativos
• Inscripción en el registro
• La solicitud contendrá los siguientes datos:
• Legalización de los libros de actas y socios
7) Modelo de Estatutos de ONG en Argentina

Trabajo de investigación(lectura comprensiva obligatoria)
Presentar un informe escrito como se puede crear una ONG en Corrientes argentina

TEÓRICO
Definiciones de ONG en la web: Una organización no gubernamental (mejor conocida por su siglas ONG), es un tipo de asociación voluntaria con fines y objetivos definidos por sus integrantes creada independientemente de los gobiernos locales, regionales y nacionales, así como también de los organismos internacionales.
Organización No Gubernamental. Asociación no oficial que se subvenciona mediante cuotas o donativos de ciudadanos asociados y cuya actividad se centra fundamentalmente en asuntos de carácter humanitario o ecológico. Amnistía Internacional o World Wildlife Fund son ejemplos de ONG. Grupos de presión social de diversas características (ambientalistas, étnicos, profesionales, etc.) que no tienen conexión con el Estado.
Organizaciones no gubernamentales; grupos de personas que se asocian para apoyar la donación y los trasplantes. Habitualmente conformadas por los mismos pacientes, sus familiares y amigos, e integrantes de familias que han donado los órganos de un familiar fallecido. (Ver apartado ONG en “Recursos”.)
organizaciones no gubernamentales, asociaciones independientes del poder político que actúan de forma voluntaria sobre todo en el ámbito de los derechos humanos, en el marco de una ayuda de emergencia o duradera a favor del desarrollo.
Cualquier organización que no sea parte del gobierno federal, provinciales, territorial o municipal. En general, el términos utiliza para referirse a las organizaciones sin fines de lucro que participan en actividades de desarrollo.
Organización o asociación de iniciativa particular que pretende algún fin benéfico o social siempre sin ánimo de lucro.
¿Qué es una ONG?
Una organización no gubernamental (ONG) es cualquier grupo no lucrativo de ciudadanos voluntarios, que está organizada a nivel local, nacional o internacional. Con tareas orientadas y dirigidas por personas con un interés común, las ONG realizan una variedad de servicios y funciones humanitarias, llevan los problemas de los ciudadanos a los Gobiernos, supervisan las políticas y alientan la participación de la comunidad. Proveen de análisis y experiencia, sirven como mecanismos de advertencia temprana y ayudan en la supervisión e implementación de acuerdos internacionales. Algunas están organizadas sobre temas específicos, tales como los derechos humanos, el medio ambiente o la salud. Su relación con las oficinas y las agencias del sistema de las Naciones Unidas difiere dependiendo de sus metas, ubicación y mandato.
Más de 1,500 ONG con sólidos programas de información sobre temas relacionados con las Naciones Unidas están asociadas con el Departamento de Información Pública (DIP), dándole a las Naciones Unidas valiosos vínculos con las personas alrededor del mundo. El DIP ayuda a las ONG a tener acceso y difundir información acerca de la gama de temas en los cuales las Naciones Unidas está involucrada, para facilitarle al público el mejor entendimiento de logros y objetivos de la Organización mundial.

COMO HACER UNA ONGs
¿Qué es una ONG? Greenpeace, ECO, Amnistía Internacional, Caleta Sur, Domos y el Hogar de Cristo, entre muchos otros, son ONGs. ¿Y qué tienen en común? Son organizaciones no gubernamentales cuyo trabajo está centrado en construir una sociedad más justa y mejor. No persiguen fines de lucro y se movilizan en temas de interés público.
Son espacios de creación e innovación permanente. Trabajan en diversas áreas: infancia, derechos de la mujer, medioambiente, derechos humanos, sociales, culturales y económicos, empleo, educación, seguridad ciudadana y juventud. Están presentes en la mayoría de las comunas del país y algunas tienen presencia internacional. Pero todas buscan lograr mejores condiciones de vida para el conjunto de la población, especialmente para los más postergados en el mundo.
Algunos las llaman organizaciones filantrópicas; otros Tercer Sector, sector sin fines de lucro o instituciones de trabajo social no vinculadas al gobierno. Las Naciones Unidas se refieren por primera vez a las Organizaciones No Gubernamentales, ONG, en la década de los cincuenta y en Chile esa denominación se usó en los años 80 para referirse a las instituciones de servicio social que trabajaron junto a otros sectores por la democratización del país. En la actualidad, se entiende que las ONGs forman parte de un conjunto más extenso y diverso compuesto por entidades que poseen plurales inspiraciones, estilos y formas de trabajo, las que enconjunto constituyen las organizaciones de la sociedad civil.
Quienes decidan conformar una ONG no sólo deben tener una buena idea, sino además una línea institucional traducida en proyectos con una clara vocación social y que sean capaces de sustentarse en el tiempo. Deben tener una causa común que aporte en la construcción de una sociedad más justa.
¿Cuáles son los pasos a seguir para obtener personalidad jurídica como Corporación ONG de Desarrollo?
Solicitar en el Ministerio de Justicia o en la Secretaría Ministerial de Justicia en el caso de regiones, Estatuto Tipo de Corporación ONG de Desarrollo.
Llenar el formulario (debiendo designar a un abogado para que solicite la personalidad jurídica) y protocolizarlo ante un Notario, el cual deberá concurrir al acto constitutivo de la Corporación.
El abogado debe hacer una presentación dirigida al Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Justicia, solicitando la personalidad jurídica.
Una vez ingresada la solicitud, el Ministerio de Justicia solicita un informe al Intendente de Santiago o Gobernador Provincial, en caso de regiones, para que informen sobre la viabilidad económica de la Corporación en formación.
La autoridad administrativa, a su vez, solicita al Registro Civil, un informe sobre los antecedentes personales de los Directores designados en el estatuto de constitución de la Corporación.
Una vez realizado estos trámites, el Ministerio de Justicia solicita un informe del Ministerio de Planificación y Cooperación.
Realizados todos estos informes y aprobados, el Ministerio de Justicia dicta el Decreto Supremo que otorga personalidad jurídica y aprueba los Estatutos de las ONG, el cual se enviará posteriormente a la Contraloría General de la República para el trámite de Toma de Razón.
El Decreto Supremo deberá ser publicado en extracto en el Diario Oficial.
Realizados todos estos trámites, la Corporación se entiende legalmente constituida, y podrá solicitar al Servicio de Impuestos Internos el RUT respectivo, el que se entrega dentro del día en que se solicitó, y la Corporación podrá funcionar normalmente.
¿Cómo se financian las ONGs? Actualmente, las principales fuentes de financiamiento de las ONGs son: cooperación internacional, licitaciones públicas convocadas por el Estado, que actualmente son difundidas a través de la página www.chilecompras.cl o de convocatorias de gobiernos regionales o locales; y autogestión (servicios de asesorías, venta de productos, publicaciones, entre otras).
¿Qué trámite se debe realizar para constituir una Corporación y una Fundación?
Tanto para Corporaciones o Fundaciones se deben seguir los siguientes pasos:
Hacer el acto constitutivo a partir de un acta de asamblea constituyente para el caso de la Corporación o el Acta de creación de la Fundación. Este texto incluye los estatutos.
Solicitud de la concesión de personalidad jurídica al Presidente de la República, por conducto del Ministerio de Justicia, acompañando los estatutos reducidos a escritura pública. El trámite se hace ante el Ministerio de justicia o el SEREMI de justicia en provincias.
Tramitación a partir de los siguientes pasos:
Ante el Intendente de la Región Metropolitana o el Gobernador Provincial a fin de verificar si él/los solicitantes cuentan con medios económicos para cumplir su objeto social.
Ante la Oficina Central de Identificación para comprobar la idoneidad de los constituyentes de la Corporación o las mandatarios de la Fundación.
Ante el Consejo de Defensa del Estado para verificar que el objeto y naturaleza de la Persona jurídica sean conforme a la ley y al reglamento. (Este proceso, tratándose de una ONG se omiteporque el objeto viene dado en el estatuto tipo)
Luego de aprobarse en estas tres instancias, el Ministerio de Justicia dicta un Decreto Supremo mediante el cual se otorga la personalidad jurídica y se aprueban los estatutos de la entidad. El Decreto debe someterse al trámite de toma de razón por la Contraloría General de la República y finalmente se debe publicar un extracto del Decreto en el Diario Oficial, momento que marca el nacimiento de la persona jurídica a la vida del derecho.

Quienes decidan conformar una ONG no sólo deben tener una buena idea, sino además una línea institucional traducida en proyectos con una clara vocación social y que sean capaces de sustentarse en el tiempo. Deben tener una causa común que aporte en la construcción de una sociedad más justa.
¿Cuáles son las entidades sin fines de lucro más comunes?
Desde el punto de vista legal, las entidades sin fines de lucro reguladas por el Título XXXIII Libro I del Código Civil son las Corporaciones y Fundaciones. Existen otras, regidas por normas legales especiales varias como las cooperativas, sindicatos, asociaciones gremiales, colegios de profesionales y centros de madres.
Mientras la Corporación es una persona jurídica formada por un cierto número de individuos asociados con un fin común, quienes le dan origen y determinan su objetivo y misión, la Fundación es un patrimonio administrado por mandatarios de acuerdo a la voluntad de un fundador, quien además determina sus objetivos para la realización de una obra o fin de interés general.
Si bien, corporaciones y fundaciones se rigen por normas comunes, se diferencian por la naturaleza del acto constitutivo: una asociación de personas en el caso de las corporaciones y un conjunto de bienes afectados por uno o más fundadores en el caso de las fundaciones.
Hay una clase específica de organizaciones de la sociedad civil reconocidas por la ley: las organizaciones no gubernamentales de desarrollo, ONGs. Son las corporaciones las que pueden asumir el carácter de ONG de desarrollo, en la medida que se acojan a un estatuto tipo (aprobado por Decreto Supremo Nº 292 del Ministerio de Justicia, del 19 de marzo de 1993).
Los fines que las ONGs de desarrollo pueden proponerse son: "la promoción del desarrollo, especialmente de las personas, familias, grupos y comunidades que viven en condiciones de pobreza y/o marginalidad. Podrá realizar sus actividades en los siguientes ámbitos de acción: educación, cultura, capacitación, trabajo, salud, vivienda, medioambiente, desarrollo comunitario, microempresa, pequeña producción, consumo popular, derechos humanos, comunidades indígenas y deportivo-recreativo, en lo urbano y lo rural".
¿Cuáles son los pasos a seguir para obtener personalidad jurídica como Corporación ONG de Desarrollo?
Solicitar en el Ministerio de Justicia o en la Secretaría Ministerial de Justicia en el caso de regiones, Estatuto Tipo de Corporación ONG de Desarrollo. Llenar el formulario (debiendo designar a un abogado para que solicite la personalidad jurídica) y protocolizarlo ante un Notario, el cual deberá concurrir al acto constitutivo de la Corporación.
El abogado debe hacer una presentación dirigida al Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Justicia, solicitando la personalidad jurídica.
Una vez ingresada la solicitud, el Ministerio de Justicia solicita un informe al Intendente de Santiago o Gobernador Provincial, en caso de regiones, para que informen sobre la viabilidad económica de la Corporación en formación.
La autoridad administrativa, a su vez, solicita al Registro Civil, un informe sobre los antecedentes personales de los Directores designados en el estatuto de constitución de la Corporación.
Una vez realizado estos trámites, el Ministerio de Justicia solicita un informe del Ministerio de Planificación y Cooperación.
Realizados todos estos informes y aprobados, el Ministerio de Justicia dicta el Decreto Supremo que otorga personalidad jurídica y aprueba los Estatutos de las ONG, el cual se enviará posteriormente a la Contraloría General de la República para el trámite de Toma de Razón.
El Decreto Supremo deberá ser publicado en extracto en el Diario Oficial.
Realizados todos estos trámites, la Corporación se entiende legalmente constituida, y podrá solicitar al Servicio de Impuestos Internos el RUT respectivo, el que se entrega dentro del día en que se solicitó, y la Corporación podrá funcionar normalmente.
LAS ONGs EN LA ARGENTINA: CONTEXTO DE SURGIMIENTO Y FUNCIÓN.
¿Por qué surgen las ONGs? ¿Qué motiva su accionar? Podemos afirmar que el motivo del surgimiento de las ONGs está en que algunos sujetos deciden agruparse para tratar de acortar la distancia entre lo que una realidad concreta o situación actual es y la situación deseado o lo que está podría ser.
O formulando la misma idea de otro modo: para remover los obstáculos que le permitan a la sociedad o a un sector de ella aproximarse a una situación ideal.
Estos motivos de la acción se denominan problemas. Un problema es siempre de naturaleza subjetiva. ¿Qué queremos decir con esto? Que los problemas dependen de la percepción de los sujetos. De acuerdo a lo que un sujeto ve, entiende, siente, define de su realidad, es como se conduce o se para frente a ella.
En la medida que los problemas se difunden y adquieren consenso y son percibidos o reconocidos como tales en la comunidad o por sectores significativos de la misma, afirmamos entonces, que son socialmente relevantes, es decir que frente a ellos la comunidad toma posición, los incluye en su agenda o espacio de atención y trata de intervenir para resolverlos.
La comunidad pone en marcha recursos de los que puede disponer en función de la resolución de los problemas. Estos recursos pueden ser: materiales, de información, ideológicos, movilización, comunicativos, etc.
Un problema para entrar en la agenda estatal en distintos niveles, debe ser por lo tanto socialmente relevante actual o potencialmente. Cuando el problema entra en la agenda del estado decimos que se ha convertido en una cuestión.
Las ONGs son organizaciones que se proponen resolver problemas socialmente relevantes (o constituirlos como tales a partir de su acción activando o movilizando a la sociedad).
Están constituidas por grupos de personas que se dan un marco de normas y reglas que regulan su acción de manera tal se vuelva previsible y deseable, con el objeto de resolver problemas en un marco multiactoral.
Es decir en un contexto inmediato que les exigirá negociar, acordar, colaborar, neutralizar otros actores o sea desarrollar estrategias, caminos que le permitan pasar de la situación actual a la situación deseada.
Pero ¿Por qué hablamos de problemas y no de necesidades? Porque las necesidades son permanentes en el hombre, ellas no cambian. Tenemos necesidades de subsistencia, de afecto, de participación, de libertad, de conocimiento, de protección de creación, de ocio. Desde esta perspectiva podemos entender a las necesidades no sólo como carencias sino también como potencialidades que tiene el ser humano, tanto individual como colectivamente.
Sin embargo no actuamos simultáneamente para resolverlas a todas juntas o sea que no les damos el mismo orden de prioridades a la hora de orientar nuestra acción y recursos limitados. Sino que seleccionamos algunas de ellas, las problematizamos.
A la hora de orientar nuestra acción buscamos intervenir ante los problemas mediante la identificación de los satisfactores capaces de resolver las necesidades problematizadas.
Al contrario de las necesidades, los satisfactores sí cambian con la cultura, el medio ambiente, la historia, etc. Ejemplos de satisfactores: necesidad de subsistencia: alimentación, abrigo, trabajo, salud, etc. Necesidad de afecto: autoestima, solidaridad, respeto, tolerancia, amigos, intimidad, espacios de encuentro, etc.
Existen diversos tipos de satisfactores:
Destructores: son aquellos que para satisfacer una necesidad destruyen la posibilidad de satisfacer otras.
Seudo-satisfactores: son aquellos que si bien en primera instancia satisfacen una necesidad, a mediano o largo plazo crean condiciones que hacen imposibles seguir satisfaciéndola.
Inhibidores: son aquellos que satisfaciendo una necesidad, si bien no destruyen las posibilidades de satisfecer otras, sí las condicionan o inhiben.
Singulares: son aquellos que satisfacen una necesidad y son neutros con respecto a otras.
Sinérgicos: son aquellos que estimulan la satisfacción simultanea de varias necesidades sin reducir la satisfacción de otras.
Siendo sin dudas estos últimos a los que tenemos que apuntar para realizar nuestra intervención. Ellos nos permiten distinguir la asistencia de la promoción.
Podemos concluir que las ONGs median entre las necesidades y sus satisfactores, identificando problemas y tratando de resolverlos.
NECESIDADES --> PROBLEMAS <-– ONGs --> SATISFACTOR
Pero las ONGs y su misma denominación ya lo sugiere al decirse no-gubernamentales existen dentro de un contexto mayor, dado que existen otro tipo de organizaciones, en este caso las estatales. Las ONGs se desarrollan en un contexto complejo:
Podemos afirmar que las ONGs tienen un límite en su relación con el medio determinado por su propios objetivos, un contexto inmediato al que no manejan en todas sus variables pero sobre el que pueden influir (el barrio, la ciudad, etc.), y un contexto más general sobre el que muy dificilmente influirán o manejarán sus variables (la economía mundial, nacional, los desplazamientos y cambios demográficos, etc.).



ONGs. Contexto Inmediato Contexto General




Pero hablando del contexto, la primer pregunta que surge es: ¿Cuál es este contexto gral. y dónde se ubican las ONGs en él?
El contexto más general al que podemos hacer referencia es el de la sociedad global. Ella está constituida por tres esferas:
LA SOCIEDAD GLOBAL
ESFERAS FUNCIONES PCIOS. DE ACCIÓN SECTOR
Estado Aspecto político de la dominación. Monopolio de la coerción. Justicia distributiva para la reproducción del orden social. Igualdad. 1er. sector. De origen público con fines públicos la toma de decisiones.
Mercado Espacio de compra y venta de bienes y servicios. Eficacia y eficiencia. 2do. sector. De origen privado con fines privados: el lucro.
Sociedad Civil Organizaciones de origen privado que resuelven intereses y necesidades a partir de una determinada visión de la realidad. Solidaridad. Bien común. 3er. sector. De origen privado con un fin público: el bien común.
De este modo podemos concluir que las ONGs se ubican en la sociedad civil, que son organizaciones de la sociedad civil (OSC). Denominación esta última que tal vez se preste menos a confuciones respecto de una posible clasificación de las mismas.
Pero ¿cómo las podemos clasificar? Hay muchas clasificaciones, todas presentan zonas grises, imprecisas.
Según los beneficiarios de sus acciones y los orígenes de sus recursos:

Como hacer una ONG en Argentina... por Bligoo.com Edgardo Lovera R

Gracias al aporte del Abogado Dra Silvana Yanina Gammuto, podemos orientar a las organizaciones de argentina para obtener su status legal.
La informacion oficial esta en la web del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Argentina, en la Inspeccion General de Justicia. ver aqui
Existe un procedimiento de reserva de denominacion (nombre), cuyo valor es de $18 (mi colega informa $25).
El ACTA CONSTITUTIVA puede ser en instrumento publico o privado suscrito ante escribano. ( a diferencia de Chile que es siempre publico).
El ESTATUTO debe ser en instrumento privado, y es un documento anexo . (En Chile Acta y Estatuto son, materialmente, un sólo instrumento).
Estos documentos los suscriben todos los miembros de la organizacion.
Estos son los antecedentes que debe contener el acta:
a) Lugar y fecha cierta de la constitución.
b) Datos personales de los asociados.
c) Aprobación de los estatutos. El texto de los mismos puede formar parte del acta o suscribirse por separado.
d) Elección de autoridades, precisando cargos, datos personales y término de sus mandatos. Si las personas designadas no hubieren comparecido al acto constitutivo, deberá acompañarse por separado constancia de su aceptación del nombramiento realizado, y declaración jurada de no hallarse afectados por inhabilidades e incompatibilidades legales o reglamentarias para ocupar cargos, ambas con firmas certificadas por Escribano Público o ratificarse personalmente en la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA ante funcionario autorizado.
e) Decisión de solicitar la autorización para funcionar como persona jurídica, autorizando a una o más personas para gestionarla y facultándolas para aceptar las modificaciones que aconseje la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, salvo que por su importancia sea necesaria la decisión de los constituyentes.
f) Fijación de la sede social.
Hay un proceso de DEMOSTRACION DE CAPITAL, el monto minimo es de $200, el cual se puede acreditar con depositos, bienes.
La nomina de los miembros debe incluir los datos completos (nombre, DNI, direccion, estado civil)
El tramite demora 5 o mas meses, pero existe una formula para efectuar el tramite en caracter de urgente, donde se tramita en 30 dias. ( que me informa mi colega dura 45), y por el cual hay que pagar $135.

































ESTATUTO TIPO DE ASOCIACIONES CIVILES (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
ACTA CONSTITUTIVA

En . . . . . . . . . . . . a . . . . . días del mes de . . . . . . . . . de 19 . . . ., siendo las . . . . . horas, se reúnen los señores . . . . . . (nombre, apelllido, domicilio y documento de identidad). . . . . . . , a fin de constituir una Asociación Civil sin fines de lucro, así como para aprobar el Estatuto que regirá a la entidad y a designar sus autoridades.

I) Constitución de la Asociación Civil: Las personas nombradas dejan constituída la Asociación Civil sin fines de lucro, denominada . . . . . . . . . . . . . . . . , con domicilio legal . . . . (calle, número, localidad y partido) . . . . . . . . .

II. Estatuto: De igual modo se adopta el Estatuto Tipo de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, anexo II de la presente.

III. Elección de autoridades: Acto seguido se procede a elegir a los miembros de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas. Resulta aprobada la designación de las siguientes personas para los cargos que se indican a continuación: Presidente: . . . . . . . . . . . . . .; Vicepresidente: . . . . . . . . . . . . ., Secretario: . . . . . . . . . .; Tesorero: . . . . . . . . . . . . . . .; Protesorero: . . . . . . . . . . . . . .; dos Vocales Titulares: . . . . . . . . . . . . . .; dos Vocales Suplentes: . . . . . . . . . . . . . . . . . . .; Comisión Revisora de Cuentas: tres titulares y dos suplentes (con la debida individualización de cada uno de ellos). Los miembros designados aceptan el desempeño de los cargos que respectivamente les han sido conferidos.

VI. AUTORIZACION: Se autoriza a las autoridades electas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . para realizar las tramitaciones correspondientes ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas. Las decisiones precedentes han sido adoptadas por unanimidad. No siendo para más, previa lectura y ratificación se firma el presente en el lugar y fecha indicados arriba.

ESTATUTO

Título I: Denominación, Domicilio y Finalidades

ARTICULO 1º: En la Localidad de ... Completar ... Partido de ... Completar ... , de la Provincia de Buenos Aires, donde tendrá su domicilio social, queda constituída una Sociedad de carácter civil denominada "... Completar ..." que tendrá por actividad los siguientes fines: a) ... Completar ...; b) ... Completar ..., c) ... Completar ...Desarrollar un ambiente de cordialidad y solidaridad entre sus asociados, quienes gozarán de todos los beneficios sociales posibles. Propender al mejoramiento intelectual y cultural de sus asociados.

Capacidad
ARTICULO 2º: La Asociación se encuentra capacitada para adquirir bienes muebles y semovientes; enajenarlos, hipotecarlos, permutarlos . . . . . . . . . . . o como así también para realizar cuanto acto jurídico sea necesario o conveniente para el cumplimiento de sus propósitos.

Patrimonio
ARTICULO 3º: Constituyen el Patrimonio de la Asociación: a) Las cuotas que abonen sus asociados; b) Los bienes que posea en la actualidad y los que adquiera por cualquier título en lo sucesivo, así como las rentas que los mismos produzcan; c) Las donaciones, legados o subvenciones que reciba; d) El producido de beneficios, rifas, festivales y cualquier otra entrada que pueda tener concepto lícito.

Título II: De los Asociados

ARTICULO 4º: Habrá cuatro categorías de asociados: Honorarios, Vitalicios, Activos y Cadetes, sin distinción de sexos.
ARTICULO 5º: Serán Socios Honorarios aquellos que por determinados méritos personales o servicios prestados a la Asociación, o por donaciones que efectuarán, se hagan merecedores de tal distinción y sean designados por la Asamblea General a propuesta de la Comisión Directiva o de un grupo de Comisión Directiva o Comisión Revisora de Cuentas.
ARTICULO 6º: Serán Socios Vitalicios, aquellos que cuenten con una antigüedad mínima ininterrumpida de veintinueve años en el carácter de Socio Activo de la Institución, quienes de hecho pasarán a formar parte de esta categoría quedando eximidos de la cuota mensual. gozarán de iguales derechos y deberes que los Socios Activos.
ARTICULO 7º: Serán Socios Activos aquellos que abonen una cuota mensual adelantada y la cuota de ingreso, cuyos montos fijará la Asamblea, teniendo que: a) Solicitar su admisión por escrito a la Comisión Directiva y ser presentado por dos Socios Activos o Vitalicios, cuya permanencia en el primer carácter sea mayor de sies meses continuados acompañando la documentación que se exija, b) Contar con no menos de diez y ocho años de edad, ocupación honorable y buenos antecedentes morales. En caso de que la Comisión Directiva rechace su solicitud el aspirante solo podrá insistir una vez transcurrido como mínimo seis meses, ya que en estos casos las resoluciones de aquellas son inapelables.
ARTICULO 8º: Serán Socios Cadetes aquellos que abonen una cuota mensual adelantada y la cuota de ingreso cuyos montos fijará la Asamblea, debiendo asimismo : a) Solicitar su admisión por escrito a la Comisión Directiva, con venia de su representante legal y ser presentados por Socios Activos o Vitalicios, con una permanencia en el primer carácter de seis (6) meses continuados, acompañando la documentación que se le exija; b) ser menor de diez y ocho años, tener ocupación honorable y buenos antecedentes morales. En caso de rechazo de su solicitud por la Comisión Directiva, se regirá por las mismas disposiciones que al respecto existen para los Socios Activos,. Una vez cumplidos los diez ocho años de edad pasarán automáticamente a la categoría de Activos, quedando eximidos de la cuota de ingreso.
ARTICULO 9º: Los Socios Honorarios que deseen ingresar a cualquiera de las otras categorías, deberán solicitarlo por escrito a la Comisión Directiva, ajustándose a las condiciones establecidos por este Estatuto para cada una de ellas y en este caso gozarán de iguales derechos y obligaciones que los socios de la categoría a que pertenecen.
ARTICULO 10º: Los asociados cesarán en su carácter de tales por las siguientes causas: renuncia, cesantía o expulsión. Podrán ser causas de cesantías o expulsión: a) Faltar al cumplimiento de las disposiciones del Estatuto o Reglamento; b) Observar una conducta inmoral o entablar o sostener dentro del Local social o formando parte de delegaciones de la Entidad, discusiones de carácter religioso, racial o político, o participar en la realización de juego prohibidos o de los denominados ¨bancados¨, c) Haber cometido actos graves de deshonestidad o engaño o tratado de engañar a la institución para obtener un beneficio económico a costa de ella. Hacer voluntariamente daño a la Asociación, provocar desórdenes en su seno y observar una conducta que sea notoriamente perjudicial a los intereses sociales; e) Haber perdido las condiciones requeridas por este Estatuto para ser Asociado; f) Asumir o invocar la representación de la Sociedad, en reuniones, actos . . . . . . de otras instituciones oficiales o particulares, sino mediare autorización, mandato de la Comisión Directiva.
ARTICULO 11º: En el caso de incurrir en alguna falta no prevista en el artículo anterior, los asociados podrán ser suspendidos en el goce de sus derechos sociales por un término prudencial que no podrá exceder de seis meses. En una Asamblea convocada al efecto, constituída con la presencia del 51% de los asociados con derecho a voto y con el voto favorable a los dos tercios de los socios presentes, se decirirá sobre la suspensión de los mismos.
ARTICULO 12º: De las resoluciones adoptadas en su contra por la Comisión Directiva, los asociados podrán apelar ante la primera Asamblea que se celebra, presentando el respectivo recurso en forma escrita ante la Comisión Directiva, dentro de los quince días de notificados de su sanción.

Obligaciones y Derechos
ARTICULO 13º:Son obligaciones de los Asociados: a) Conocer, respetar y cumplir las disposiciones de este Estatuto, Reglamentos y resoluciones de Asambleas y de la Comisión Directiva; b) Abonar mensualmente y por adelantado las cuotas sociales; c) Aceptar los cargos para los cuales fueron designados; d) Comunicar dentro de los diez días todo cambio de domicilio a la Comisión Direciva. El Socio que no diera cumplimiento al inciso b) y se atrasase en el pago de tres mensualidades, será apercibido por Carta certificada. Pasando un mes de la notificación, sin que normalice la situación de morosidad, será separado de la institución, debiéndose dejar constancia en Acta.
ARTICULO 14º: Todo Socio declarado moroso por la Comisión Directiva, a raíz de la falta de pago de tres cuotas consecutivas y por lo tanto excluído de la Asociación por ese motivo; podrá reingresar automáticamente a la Institución cuando hubiere transcurrido menos de un año desde la fecha de su exclusión, abonando previamente la deuda pendiente a los valores vigentes, en el momento de la reincorporación y la cuota de ingreso que correspondiere en el mismo momento a su categoría, no perdiendo así su antigüedad. Vencido el año se perderá todo dereho y deberá ingresar como Socio Nuevo.
ARTICULO 15º: Son derechos de los Socios: a) Gozar de todos los beneficios sociales que acuerdan este Estatuto y los Reglamentos, siempre que se hallen al día con Tesorería y no se encuentren cumpliendo penas disciplinarias; b) Proponer por escrito a la Comisión Directiva todas aquellas medidas o proyectos que consideren convenientes para la buena marcha de la Institución; c) Solicitar por escrito a la Comisión Directiva una licencia con eximición del pago de las cuotas, hasta un plazo máximo de seis meses y siempre que la causa invocada se justifique ampliamente. Durante la licencia, el Socio no podrá concurrir al Local social sin razón atendible, pues su presencia en el mismo significará la reanudación de sus obligaciones para la Asociación; d) Presentar su renuncia en calidad de Socio a la Comisión Directiva, la que resolverá sobre su aceptación o rechazo si proviniera de un Asociado que tenga deudas con la Institución o sea pasible de sanción indisciplinaria.
ARTICULO 16º: Los Socios que deban cumplir el Servicio Militar estarán exentos del pago de la cuota social hasta treinta días después de su licenciamiento, sin perder el goce de todos sus derechos de asociado y con la obligación de dar cuenta a la Comisión Directiva de su incorporación militar, como así también una vez producida su baja.

TITULO III: De la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas. Su Elección, Atribuciones y Deberes.

ARTICULO 17º: La Institución será dirigida y administrada por una Comisión Directiva compuesta de: Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Prosecretario, un Tesorero, un Protesorero, un Vicepresidente, dos Vocales Titulares, dos Vocales Suplentes y habrá asimismo una Comisión Revisora de Cuentas compuesta por tres miembros titulares y dos suplentes. El mandato de los miembros de la Comisión Directiva y Revisora de Cuentas, durará dos años a partir de la fecha en que fueron elegidos en Asamblea General Ordinaria, pudiendo ser reelectos por una sola vez y será revocable en cualquier momento por decisión de una Asamblea de asociados, constituída como mínimo con el 51% de los Socios con derecho a voto y la sanción de los dos tercios de los asistentes. En segunda convocatoria se hará con el 30% de los Socios con derecho a voto y las decisiones se adoptarán con el voto favorable de los dos tercios de los socios presentes, sin que sea admisible imponer restricciones al ejercicio de este derecho por la masa societaria. Los socios designados para ocupar cargos electivos no podrán percibir por este concepto sueldo y ventaja alguna.
ARTICULO 18º: Los miembros titulares y suplentes de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas, serán elegidos directamente en Asamblea General Ordinaria, por listas completas, con designación de cargos, no aceptándose las tachas de candidatos y en caso de existir el voto en esas condiciones, igual se considerará completo. La elección será en votación secreta y por simple mayoría de los Socios presentes. Las listas de candidatos podrán ser presentadas a la Comisión Directiva hasta con (5) días hábiles de anticipación al acto la que se expedirá dentro de las veinticuatro horas hábiles de su presentación, a los efecos de su aceptación o rechazo si los candidatos propuestos se hallan o no dentro de las prescripciones estatutarias en vigencia. En el último de los supuestos la Comisión Directiva deberá correr traslado al apoderado de la lista observada, por el término de cuarenta y ocho horas, a fin de subsanar la o las irregularidades advertidas.
ARTICULO 19º: Para ser miembro titular o suplente de la Comisión Revisora de Cuentas se requiere: a) Ser Socio Activo o Vitalicio con una antigüedad mínima en el primer carácter de seis meses; b) Ser mayor de edad; c) Encontrarse al día con Tesorería Social; d) No encontrándose cumpliendo con penas disciplinarias.
ARTICULO 20º: La Comisión Directiva se reunirá ordinariamente por lo menos, una vez por mes, por citación de su Presidente y extraordinariamente cuando lo soliciten tres de sus miembros, debiendo en estos casos realizarse la reunión dentro de los cinco días hábiles de efectuada la solicitud. La citación en los dos casos, deberá ser en forma fehaciente al último domicilio de cada uno de los integrantes de la Comisión Directiva. Los miembros de la Comisión Directiva que faltaren a tres reuniones consecutivas o cinco alternadas, sin causa justificada, serán separados de sus cargos previa notificación.
ARTICULO 21º: Las reuniones de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas se celebrarán válidamente con la presencia como mínimo de la mitad más uno y dos de sus miembros titulares respectivamente, requiriéndose para las resoluciones el voto de la mayoría simple de los presentes, salvo para las reconsideraciones que requerirán el voto favorable de los dos tercios de los asistentes, en otra reunión constituída con igual o mayor número de asistencia que aquella que adoptó la resolución a considerar.
ARTICULO 22º: Son deberes y atribuciones de la Comisión Directiva: a) Ejecutar las resoluciones de las Asambleas, cumplir y hacer cumplir este Estatuto y los Reglamentos; b) Ejercer en general todas aquellas funciones inherentes a la dirección, administración y representación de la Sociedad, quedando facultada a este respecto para resolver por sí los casos no previstos en el presente Estatuto, interpretándolo, si fuera necesario, con cargo de dar cuenta a la Asamblea más próxima que se celebre; c) Convocar a Asamblea; d) Resolver sobre la admisión, amonestación, suspensión, cesantía o expulsión de Socios; e) Crear o suprimir empleos, fijar su remuneración, adoptar las sanciones que correspondan a quienes los ocupen, contratar todos los servicios que sean necesarios para el mejor logro de los fines sociales; f) Presentar a la Asamblea General Ordinaria, la Memoria, Balance General, Cuadro de Gastos y Recursos e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas correspondiente al ejercicio fenecido. Como asimismo enviarlos a todos los asociados con la misma anticipación requerida en el artículo 31º para la remisión de las convocatorias a Asambleas; g) Realizar los actos para la administración del Patrimonio social, con cargo de dar cuenta a la primera Asamblea que se celebre, salvo los casos de adquisición, enajenación, hipoteca y permuta de bienes inmuebles, en que será necesaria la previa aprobación de una Asamblea de Asociados; h) Elevar a la Asamblea para su aprobación las reglamentaciones internas que considere a los efectos del mejor desenvolvimiento de sus finalidades, i) Disminuir o suspender la cuota de ingreso de cada categoría de asociados, por un plazo no mayor de 30 días y siempre que no fuere dentro de los tres meses anteriores a la fecha de la Asamblea Ordinaria Anual.
ARTICULO 23º: Son deberes y atribuciones de la Comisión Revisora de Cuentas: a) Examinar los Libros y documentos de la Sociedad por lo menos cada tres meses; b) Asistir con voz a las sesiones del órgano directivo cuando lo considere conveniente; c) Fiscalizar la administración comprobando frecuentemente el estado de la caja y la existencia de los títulos, acciones y valores de toda especie; d) Verificar el cumplimiento de las Leyes, Estatutos y Reglamentos, especialmente en lo referente a los derechos de los socios y las condiciones en que se otorgan los beneficios sociales; e) Dictaminar sobre la Memoria, Inventario, Balance General y Cuadro de Gastos y Recursos presentados por la Comisión Directiva, f) Convocar a Asamblea General Ordinaria cuando omitiera hacerlo el órgano directivo; g) Solicitar la convocatoria a Asamblea Extraordinaria cuando lo juzgue necesario, poniendo los antecedentes que fundamentan su pedido en conocimiento de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas cuando se negare a acceder a ello la Comisión Directiva; h) En su caso, vigilar las operaciones de liquidación de la Sociedad y el destino de los bienes sociales. La Comisión Revisora de Cuentas cuidará de ejercer sus funciones de modo que no entorpezcan la regularidad de la administración social siendo responsabilidad por los actos de la Comisión Directiva violatarios de la Ley o Mandato social, si no dan cuenta del mismo a la Asamblea correspondiente, o en su actuación posterior a ésta, siguieren silenciando u ocultando dichos actos. Para sesionar necesitará la presencia de por lo menos dos de sus miembros, número que será mayoría para adoptar resoluciones. Si por cualquier causa quedara reducida a menos de dos de sus miembros, una vez incorporados los suplentes, la Comisión Directiva deberá convocar dentro de los quince días a Asamblea para su integración, hasta la terminación del mandato de los cesantes.

TITULO IV: Del Presidente y Vicepresidente.

ARTICULO 24º: El Presidente y en caso de renuncia, fallecimiento, ausencia o enfermedad, el Vicepresidente, hasta la primera Asamblea Ordinaria que designara su reemplazante definitivo, tiene los siguientes deberes y atribuciones: a) Convocar a las Asambleas y sesiones de la Comisión Directiva y presidirlas; b) Decidir con su voto en caso de empate en las votaciones de las Asambleas y sesiones de la Comisión Directiva; c) Autorizar con el Secretario las Actas de Asambleas y sesiones de la Comisión Directiva, la correspondencia y todo otro documento de la Entidad; d) Autorizar con el Tesorero las cuentas de gastos, firmando los recibos y demás documentos de Tesorería, de acuerdo con lo resuelto por la Comisión Directiva, no permitiéndose que los fondos sociales sean invertidos en objetos distintos a los prescriptos por este Estatuto; e) Dirigir y mantener el orden y respeto debidos; f) Velar por la buena marcha y administración de la Sociedad, observando y haciendo observar el Estatuto, Reglamento y resoluciones de las Asambleas y Comisión Directiva; g) Suspender a cualquier empleado que no cumpla con sus obligaciones, dando cuenta inmediatamente a la Comisión Directiva, como así de las resoluciones que adopte por sí en los casos urgentes ordinarios; pues no podrán tomar medidas extraordinarias sin la previa aprobación de aquella; h) Representar a la Institución en sus relaciones con el exterior.

TITULO V: Del Secretario y Prosecretario.

ARTICULO 25º: El Secretario y en caso de renuncia, fallecimiento, ausencia o enfermedad, el Prosecretario hasta la primera Asamblea General Ordinaria que designará su reemplazante definitivo, tiene los siguientes deberes y obligaciones: a) Asistir a las Asambleas y sesiones de la Comisión Directiva, redactando las Actas respecivas, las que asentará en el Libro correspondiente y firmará con el Presidente; b) Firmar con el Presidente la correspondencia y todo otro documento de la Institución; c) Convocar a las sesiones de la Comisión Directiva de acuerdo con el artículo 20º; d) Llevar de acuerdo con el Tesorero el Registro de Asociados, así como los Libros de Actas de Asambleas y sesiones de la Comisión Directiva.

TITULO VI: Del Tesorero y Protesorero.

ARTICULO 26º: El Tesorero y en caso de renuncia, fallecimiento, ausencia o enfermedad, el Protesorero hasta la primera Asamblea General Ordinaria que designará su reemplazante definitivo, tiene los siguientes deberes y obligaciones: a) Llevar de acuerdo con el Secretario el Registro de Asociados, ocupándose de todo lo relacionado con el cobro de las cuotas sociales; b) Llevar los Libros de Contabilidad; c) Presentar a la Comisión Directiva balance mensual y preparar anualmente el Inventario, Balance General y Cuadro de Gastos y Recursos que deberán ser sometidos a la aprobación de la Comisión Directiva, para su presentación ante la Asamblea General Ordinaria, previo dictámen de la Comisión Revisora de Cuentas; d) Firmar con el Presidente los recibos y demás documentos de Tesorería, efecutando los pagos resueltos por la Comisión Directiva; e) Efectuar en los Bancos Oficiales o particulares que designe la Comisión Directiva, a nombre de la Institución y a la Caja Social, pudiendo retener en la misma hasta la suma que anualmente determine la Asamblea, a los efectos de los pagos ordinarios y de urgencia; f) Dar cuenta del estado económico de la entidad a la Comisión Directiva y a la Comisión Revisora de Cuentas, toda vez que lo exijan; g) Los Giros, Cheques u otros documentos para la extracción de fondos, deberán ser firmados conjuntamente con el Presidente.

TITULO VII: De los Vocales Titulares y Suplentes.

ARTICULO 27º: Corresponde a los Vocales Titulares: a) Asistir con voz y voto a las Asambleas y sesiones de la Comisión Directiva; b) Desempeñar las comisiones y tareas que la Comisión Directiva les confíe.
ARTICULO 28º: Los Vocales Suplentes reemplazarán por orden de lista a los titulares hasta la próxima Asamblea General Ordinaria, en caso de renuncia, ausencia o enfermedad o cualquier otro impedimento que cause la separación permanente de un titular, con iguales derechos y obligaciones. Si el número de miembros de la Comisión Directiva quedare reducido a menos de la mitad más uno de la totalidad a pesar de haberse incorporado a todos los suplentes, la Comisión Directiva en minoría, deberá convocar dentro de los quince días a Asamblea para su integración hasta la terminación del mandato de los cesantes.

TITULO OCTAVO: De las Asambleas

ARTICULO 29º: Habrán dos clases de Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. Las Asambleas Ordinarias tendrán lugar una vez al año, dentro de los tres meses posteriores al cierre del ejercicio económico que se clausurará el día ... Completar ... del mes ... Completar ...,a los efectos de considerar los siguientes puntos: a) Consideración de la Memoria, Balance General, Inventario, Cuadro de Gastos y Recursos e Informe de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas, que correspondan, previa designación de una Comisión Escrutadora compuesta por tres miembros designados por la Asamblea de entre los asociados presentes; c) Tratar cualquier otro asuto incluído en la convocatoria.
ARTICULO 30º: Las Asambleas Extraordinarias serán convocadas siempre que la Comisión Directiva lo estime necesario, o cuando lo soliciten la Comisión Revisora de Cuentas o el diez por ciento de los socios con derecho a voto. Estos pedidos deberán ser resueltos dentro de un término no mayor de treinta días y si no se tomare en cuenta la petición se negare infundadamente, podrán elevarse los antecedentes a la dirección Provincial de Personas Jurídicas.
ARTICULO 31º: Las Asambleas se convocarán mediante avisos en la sede social, cuando el número de asociados, en condiciones de votar fuere inferior a cincuenta; si fuere superior a ese número se hará por el medio anteriormente mencionado y publicaciones periodísticas o con avisos en la sede social y en forma fehaciente al último domicilio conocido por la entidad de los asociados. En ambos casos se convocarán con una anticipación de veinte días al acto asambleístico. En el momento de ponerse el aviso en la sede, se tendrán en Secretaría, con el horario que fije la Comisión Directiva y siempre que deban ser considerados por la Asamblea; un ejemplar de la Memoria, Inventario, Balance General, Cuadro de Gastos y Recursos e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas. En el caso de considerarse reformas se tendrá un proyecto de las mismas a disposición de los asociados. En las Asambleas no podrán tratarse asuntos no incluídos en el Orden del Día correspondiente.
ARTICULO 32º: En la primera convocatoria las Asambleas se celebrarán con la presencia del 51% de los socios con derecho a voto y las decisiones se adoptarán con la mayoría de los dos tercios de los presentes. Una hora después, si no hubiese conseguido ese número, se reunirá legalmente constituído con el 30% de los socios con derecho a voto y con la mayoría de los dos tercios de los socios presentes.
ARTICULO 33º: En las Asambleas Ordinarias las resoluciones se adoptarán por simple mayoría de los Socios presentes, salvo los casos previstos en este Estatuto que exigen proporción mayor. Ningún Socio podrán tener más de un voto y los miembros de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas se abstendrán de hacerlo en los asuntos relacionados con su gestión. Los Socios no podrán hacerse representar en las Asambleas en manera alguna.
ARTICULO 34º :Con treinta días con anterioridad a toda Asamblea, como mínimo, se confeccionará por intermedio de la Comisión Directiva, un listado de Socios en condiciones de votar, el que será puesto a disposición de los asociados en Secretaría, pudiendo oponerse reclamaciones dentro de los cinco días hábiles siguientes, las que serán resueltas por la Comisión Directiva dentro de los cinco días hábiles posteriores. De lo que resuelva dicha Comisión, los asociados podrán manifestar oposición en el plazo de cinco días hábiles. Una vez que se haya expedido la Comisión Directiva sobre el particular y no se haya hecho ninguna observación, quedará firme la lista de propuesta.
ARTICULO 35º: Para reconsiderarse resoluciones adoptadas en Asambleas anteriores, se requerirá el voto favorable de los dos tercios de los socios presentes en otra Asamblea constituída como mínimo con igual o mayor número de asistentes al de aquella que resolvió el asunto a reconsiderar.

TITULO NOVENO: Reformas de Estatutos. Disolución, Fusión

ARTICULO 36º: Estos Estatutos no podrán reformarse sin el voto favorable de los dos tercios de los socios presentes en una Asamblea convocada al efecto y constituída con la asistencia como mínimo del 51 % de los Socios con derecho a voto. En segunda convocatoria se hará con el 30% de los Socios en condiciones de votar y con la mayoría de los dos tercios de los socios presentes.
ARTICULO 37º:La Institución solo podrá ser disuelta por la voluntad de sus asociados en una Asamblea convocada al efecto y constituída de acuerdo a las condiciones preceptuadas en el artículo anterior. De hacerse efectiva la disolución se designarán los liquidadores que podrá ser la misma Comisión Directiva, o cualquier otro u otros asociados que la Asamblea resuelva. La Comisión Revisora de Cuentas deberá vigilar las operaciones de liquidación. Una vez pagadas las deudas sociales, el remanente de los bienes se destinarán a ... Completar ... con domicilio en la Localidad de ... Completar ... Partido de ... Completar ... Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 38º: Esta Institución no podrá fusionarse con otra u otras similares, sin el voto favorable de los dos tercios de los Socios presentes, en una Asamblea convocada al efecto y constituída con la presencia como mínimo del 51% de los Socios con derecho a voto. En segunda convocatoria se hará con el 30% de los Socios en condiciones de votar, rigiendo la mayoría de los dos tercios de los Socios presentes. Esta resolución deberá ser sometida a consideración de la dirección Provincial de Personas Jurídicas.

DISPOSICION TRANSITORIA
ARTICULO 39º: Queda facultado el Presidente y Secretario; para aceptar las modificaciones que la Dirección Provincial de Personas Jurídicas o cualquier otro organismo formule a estos estatutos, siempre que no se aparten de sus finalidades primordiales.













Índice:

I. ¿Que es una Asociación Civil?
II. ¿Para que sirve constituir una Asociación Civil?
III. ¿Por dónde empezar?
1. A pensar y elaborar el Estatuto.
2. Camino a la Asamblea fundacional.
IV. ¡ A inscribir la Asociación !
V. ¿Cómo sigue el trámite?
1. Obtenemos la personería
2. Recuperamos el deposito especial
3. Rubricamos los Libros
VI. Solo unos trámites más.

Anexo I: Modelo de Estatuto Social
Anexo II: Modelo de Acta Constitutiva

I. ¿Qué es una Asociación Civil?
Cuando un grupo de individuos se une con la intención de desarrollar actividades sociales, comunitarias, culturales, o cualquier otra que tienda al bien común -sin perseguir fines económicos-, queda constituida una simple asociación. Ahora bien, cuando esa agrupación establece por escrito ciertas reglas de
funcionamiento, distribuye roles y responsabilidades, especifica las tareas a las que se van a dedicar y solicita ante un organismo del Estado (Inspección General de Justicia) su reconocimiento como entidad jurídica (personería
jurídica), esa simple asociación pasa a convertirse en una verdadera Asociación Civil.
En síntesis, una asociación civil es una persona jurídica privada, constituida por un conjunto de personas físicas (llamadas socios) que, con la debida autorización del Estado, se unen para realizar actividades que tienden al bien común. La característica que las distingue es que no persiguen una ganancia comercial o económica; por ello es común que también se las denomine como “Entidades civiles sin fines de lucro”.
II. ¿Para que sirve constituir una asociación civil? En primer lugar, ayuda a organizarse mejor: se definen las funciones de cada uno, se especifican los objetivos principales y secundarios, se establecen autoridades, se fijan reglas de funcionamiento, etc. Todo eso fortalece la organización.
En segundo lugar, una grupo de personas organizadas tienen mucha mas fuerza que cada una de ellas individualmente; de esta manera, se hace realidad aquel viejo refrán que reza “LA UNION HACE LA FUERZA”.
Además, un núcleo constituido y organizado suele atraer y entusiasmar a otras personas. De este manera, aumenta la participación, se afianza el compromiso de los integrantes y crece la solidaridad social.
III. ¿Por donde empezar? Como primer paso, es importante formar una COMISION PROMOTORA con aquellos que están mas consustanciados con la idea y con los objetivos de la asociación, o con aquellos que tienen mas iniciativa o que se muestran mas activos, o bien, con quienes resultan mas representativos. Esta Comisión se encargará, principalmente, de pensar y elaborar el proyecto de Estatuto, de fijar una fecha y un lugar para realizar la Asamblea Constitutiva y de llevarla adelante convocando a todos los potenciales miembros que quieran integrar la asociación a crearse.
1. A pensar y elaborar el Estatuto El Estatuto es el principal instrumento legal de la Asociación; es el contrato
social que rige la vida de la institución, y todos sus asociados están obligados a observarlo y a cumplirlo. En él se fijan los propósitos de la entidad, las reglas de funcionamiento de sus órganos internos, y los derechos y obligaciones de
los socios y de los directivos.
Para elaborar el proyecto de estatuto, podemos tomar como guía el modelo básico de Estatuto Social que agregamos en el Anexo II, adaptándolo a las características y necesidades que requiera la asociación. De todos modos, los puntos mas importantes a tener en cuenta son:
 Denominación de la entidad. Es decir el nombre que tendrá la institución y por la cual se la va a conocer (por ejemplo Liga de Vecinos de Villa Pañuelito; Amigos de la Plaza “El arbolito”; Biblioteca Popular “El Libraco”, Cooperadora Escolar de la Escuela Nº...; etc.). Es importante tener en cuenta que, previo a decidir el nombre definitivo,
debe hacerse un trámite en la IGJ que se llama “reserva de nombre” (Formulario Nº 3). Este trámite –que es arancelado- sirve para verificar que no haya otra entidad con el mismo nombre y, al mismo tiempo, permite reservar el nombre elegido durante 30 días, plazo en el cual ninguna otra entidad podrá inscribirse con ese nombre. Conviene hacer este trámite unos pocos días antes de la realización de la Asamblea constitutiva, siempre y cuando la Comisión Promotora considere que el nombre propuesto está suficientemente consensuado.
Así, no habrá inconvenientes posteriores que obliguen a modificar el acta constitutiva y el estatuto, por ejemplo, si ya existía un nombre idéntico o está vigente una reserva. Por último, al nombre elegido debe anteponérsele la expresión “Asociación Civil” (por ejemplo: “Asociación Civil, Liga de Vecinos de
Villa Pañuelito” ).
 Objetivos y propósitos. Como ya hemos dicho, el fin último de todas las asociaciones civiles es trabajar para el bien común. Sin perder de vista esa finalidad ideal, el estatuto de debe fijar con precisión el objeto al que se va a dedicar, sin perjuicio de describir, con amplitud y con criterio abarcativo, las tareas que se van a desplegar en función del
objeto.
 Los asociados. Se deben decidir las distintas categorías de socios que tendrá la entidad, especificando los requisitos, derechos y obligaciones, que se exigen para pertenecer a cada categoría. En tal
sentido, es común establecer una categoría de socios activos o plenos (que son aquellos que tienen voz y voto y, por ende, pueden elegir y ser elegidos), diferenciándolo de otra categoría, los socios adherentes (que son los que tienen voz pero no voto). A su vez, puede preverse una categoría de socios-cadete (los clubes deportivos suelen adoptarla para incorporar a los menores de 18 años a las actividades de la entidad); también, es posible establecer la categoría de socios vitalicios, que habitualmente se utiliza como reconocimiento a aquellos socios que alcanzan una determinada antigüedad, durante un lapso ininterrumpido de tiempo, para eximirlos del pago de la cuota social, o de ciertos aranceles, o reducirles su monto; los socios honorarios, son una categoría honorífica,
normalmente utilizada para agradecer o distinguir a aquellos socios que hayan prestados importantes servicios a la asociación o que se destaquen por ciertas cualidades personales. Por último, podemos incorporar la categoría de socios benefactores, que serán aquellos que hayan aportado, por su propia voluntad, una determinada
contribución anual extraordinaria. Aclaremos, que no es indispensable que la nueva asociación contemple todas las categorías mencionadas sino que ello dependerá de las características de la entidad y, en definitiva, de lo que decidan los socios fundadores.
 El domicilio. En el estatuto no es necesario especificar la dirección donde va a funcionar la sede social, sino que la mención al domicilio tiene que ver con la jurisdicción territorial en la que va a funcionar la entidad (por ej. Con la denominación de Liga de Vecinos de Villa Pañuelito, asociación civil, se constituye el día 23 del mes de mayo de
2004, una entidad sin fines de lucro, con domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires).
 Los órganos sociales. Las asociaciones civiles tienen tres órganos internos: 1) La Comisión o Junta Directiva; 2) La Asamblea de socios; 3) la Junta Fiscalizadora o Comisión Revisora de Cuentas.
La Comisión Directiva (C.D.) tendrá a su cargo la administración de la institución, y sus miembros son elegidos por la Asamblea. Debe estar compuesta, como mínimo, por cinco miembros titulares y dos suplentes: un Presidente, un Secretario, un Tesorero, dos vocales titulares y dos vocales suplentes. Pero nada impide que haya otros
cargos según las necesidades de funcionamiento: por ejemplo, puede estipularse la presencia de uno o dos vicepresidentes, o de un secretario general y de un secretario de actas, u otras secretarias especificas, o un protesorero que auxilie al tesorero, o más cantidad de vocales titulares y suplentes, etc. El estatuto debe contemplar los requisitos para ser miembro de la C.D., la periodicidad de los mandatos, la posibilidad -o no- de ser reelectos, la cantidad de reuniones semanales o mensuales de la C.D, el quórum para sesionar
y la mayoría de votos para adoptar decisiones, etc.
La Asamblea es el órgano soberano de la entidad y está conformada por todos los socios con voz y voto, aunque es dable admitir la participación de todos aquellos que, según el estatuto, tengan solo derecho a voz. Es necesario fijar al menos una Asamblea Anual Ordinaria, en donde se tratará y aprobará el balance anual, la memoria
y el inventario, y otros temas que hagan al funcionamiento global de la entidad. Al mismo tiempo debe contemplarse la forma de convocar a Asambleas Extraordinarias, para que los socios decidan los grandes temas o lineamientos de la entidad, o bien temas puntuales que resulten importantes para la vida interna de la asociación.
La Junta Fiscalizadora (también puede denominarse Comisión Revisora de Cuentas) es el órgano de contralor interno cuya función principal es supervisar y controlar la administración de la entidad.
Puede ser ejercido en forma individual o colegiada, en este último caso, cuidando que siempre sea por un numero impar de integrantes. Su principal función es dictaminar sobre los estados contables, el inventario y la memoria, el que será presentado ante la Asamblea Ordinaria. Es usual permitir que sus miembros participen de las
reuniones de C.D. con voz pero sin voto.
 Patrimonio. Para inscribir una asociación civil es necesario declarar un patrimonio inicial. Si ya se cuenta con algún bien para la entidad, debe hacerse un inventario firmado por Contador Publico Nacional matriculado; sino puede hacerse un deposito especial en dinero efectivo ante el Banco de la Nación Argentina -Casa Central o sucursal
autorizada- a nombre de la entidad y/o Inspector General de Justicia, dejando expresa autorización para que una o mas socios –comúnmente, el presidente, tesorero y/o secretario- puedan retirarlo
una vez que sea otorgada la personería jurídica.
 Otros temas a considerar. Al momento de proyectar el estatuto es importante no olvidarnos de: a) establecer un régimen disciplinario para los asociados, b) establecer con claridad el sistema de elección de autoridades; c) fijar una fecha para el cierre del ejercicio contable; d) prever la forma de liquidación y disolución de la entidad.
2. Camino a la Asamblea fundacional. Con el proyecto de estatuto ya listo, la Comisión Promotora debe llevar
adelante la Asamblea Constitutiva, que es el acto de nacimiento (fundacional) de la entidad. En la fecha, hora y lugar preestablecidos, se dará comienzo a la reunión invitando a todos los asistentes –que serán los socios fundadores- a elegir a un presidente provisional, que será auxiliado por uno o dos secretarios –también provisorios- al solo efecto de conducir la asamblea y cumplimentar el acto constitutivo. Es importante tener un Libro de Actas (de esos de tapa dura, hojas medida “oficio”, rayadas y numeradas, que se adquieren en cualquier librería comercial); hay que dejar en blanco la primer hoja, porque allí la IGJ va a fijar los títulos y sellos, y recién en la segunda hoja se procederá a transcribir el acta de la asamblea. Se admite, también, que el acta sea pasada a máquina (en PC) en una hoja oficio –respetando los márgenes- y luego pegada sobre la segunda pagina del Libro de Actas.
El acta constitutiva debe confeccionarse siguiendo las siguientes pautas (en el Anexo III se agrega un modelo de acta constitutiva que sirve de base para su confección):
1) Lugar y fecha cierta de constitución; 2) Nomina completa de los miembros presentes, que serán los socios
fundadores; 3) La decisión de constituir una asociación civil con la denominación propuesta. 4) La discusión y aprobación del estatuto, cuyo texto puede formar parte del cuerpo del acta o transcribirse por separado a
continuación de la misma. 5) La elección de las autoridades y su resultado, de conformidad con las estipulaciones previstas para cada órgano en el estatuto aprobado; 6) La decisión de solicitar la autorización para funcionar como persona jurídica, dejando constancia de la o las personas que expresamente autorizan para gestionar los trámites pertinentes ante la IGJ, delegándoles facultades suficientes para aceptar los cambios, correcciones o consejos que formule el Organismo estatal al momento de analizar la documentación presentada. 7) La firma al pie de todos los asistentes.
IV. ¡ A inscribir la Asociación! Para que nuestra asociación tenga el carácter de persona jurídica hay que
inscribirla ante la Inspección General de Justicia (IGJ), ubicada en la Av. Paseo Colon 285 de esta Ciudad de Buenos Aires. En otras palabras, si la Asamblea Constitutiva es el nacimiento de la asociación, la personería jurídica que otorga
la IGJ es como obtener el “documento de identidad”. Para ello, la persona que autorizamos en el acta constitutiva –o en su defecto, el Presidente y el secretario de la entidad- deben concurrir a la sede de la IGJ iniciar un expediente acompañando la siguiente documentación: 1) Formulario Nº 1 de la IGJ -“Constitución y Modificación”- por el cual se
solicita autorización para funcionar como persona jurídica, completando todos los rubros necesarios, y dejando constancia de la documentación que se acompaña, del domicilio donde va a funcionar la asociación, días
y horarios de atención al publico y un teléfono de contacto. 2) Formulario Nº 3 -“Reserva de nombre”-, mediante el cual hicimos la reserva previa del nombre que elegimos para la institución. 3) Copia mecanografiada del Acta Constitutiva, esa que fuera transcripta -o “pegada”- en la segunda pagina del Libro de Actas. 4) Copia integra del Estatuto aprobado, si éste no estuviera contenido dentro del Acta Constitutiva. 5) La demostración del patrimonio social inicial, para lo cual acompañaremos el inventario confeccionado por el Contador Publico o, en su defecto, el comprobante del deposito especial efectuado en el Banco Nación. 6) Nomina de los socios que han sido elegidos para integrar la Comisión Directiva y la Junta Fiscalizadora, especificando el cargo que ocupa cada uno, duración del mandato, documento de identidad, domicilio real, estado civil, profesión u ocupación.
7) Nomina de todos los socios fundadores, con sus datos principales y, en su caso, especificando la categoría de socios a la que pertenecen. 8) Dictamen de precalificación legal. Para ello necesitamos de los servicios de un Escribano o un Abogado matriculado en la Capital Federal, quien elaborara dicho dictamen, corroborando la legalidad de los pasos
efectuados y de las cláusulas que integran el estatuto.
Todos estos papeles deben ser confeccionados a maquina, firmados por el Presidente y Secretario de la entidad y por la persona que autorizamos para realizar los trámites en el acta constitutiva, y presentada con dos juegos de
fotocopias. Al dejarlos en la ventanilla correspondiente, el funcionario que nos atiende nos sellara una copia y nos entregara una tarjeta con el numero de expediente. Es importante conservar esta tarjeta para el seguimiento del trámite hasta su finalización. Es importante saber que, ante cualquier duda, la IGJ cuenta con oficinas de
asesoramiento (relatorias) a las que podemos consultar antes de presentar la documentación.
1. ¿Cómo sigue el trámite?
1. Obtenemos la personería jurídica Luego de un cierto tiempo (entre 20 y 45 días), debemos ir a la IGJ a buscar
el dictamen (se consulta con el numero de expediente que nos dieron en la Tarjeta). Este dictamen, que realiza un asesor jurídico del Organismo, puede ser favorable o puede contener observaciones. En este último caso,
habrá que subsanar los errores observados o realizar las correcciones que se nos indiquen. Esta tarea, la puede realizar la persona que expresamente autorizamos en el acta de la asamblea constitutiva (¿se acuerdan?), a quien
también le conferimos la facultad de aceptar las modificaciones, indicaciones o sugerencias que proponga la IGJ. Se procederá, entonces, a contestar las observaciones realizadas consignando las modificaciones propuestas y, en su caso, transcribiendo en su totalidad el / los artículo / s del estatuto en su versión modificada. De no existir nuevas observaciones, la IGJ dictará una Resolución que otorga, finalmente, la personería jurídica a la entidad, asignándole un determinado numero. Es MUY IMPORTANTE GUARDAR BIEN DICHA RESOLUCIÓN, y para cualquier gestión futura es conveniente utilizar fotocopias certificadas.
2. Recuperamos el deposito especial.
¿Se acuerdan del deposito especial?; ahora, ya terminado los trámites, se puede pedir su devolución a través de un escrito, y con la orden que se expida la IGJ, iremos al Banco a solicitar el reintegro. Ese dinero es de la entidad, y
puede ser usado para tareas pendientes, o bien, depositarlo en la cuenta bancaria que se haya abierto a nombre de la reciente Asociación Civil, dejando asentado el movimiento –en ambos casos- en el Libro respectivo.
3. Rubricamos los Libros.
Una cosa mas de suma importancia. Todas las asociaciones civiles deben llevar, obligatoriamente, los siguientes libros:
 El Libro de Actas (que ya inauguramos en la asamblea constitutiva) donde el secretario o el miembro de la C.D. que corresponda deberá asentar lo que se discuta y resuelva en las distintas Asambleas; y también se dejara constancia de las sesiones de C.D, y de lo que allí se discuta y resuelva. Por razones de comodidad, o para un mejor
ordenamiento, pueden llevarse dos Libros de Actas, uno para Asambleas y el otro para las reuniones de C.D, aunque en este caso el costo de su posterior rubrica será mayor.
 El Registro de Asociados, donde se anotaran a cada uno de los
socios, la categoría a la que pertenecen, la fechas de ingreso y egreso (altas y bajas), cuotas pagas, amonestaciones, suspensiones y cesantías, con una breve indicación de la causa que motivó la sanción.
Además, las asociaciones civiles están exentas del impuesto a los ingresos brutos –que es un tributo local- siempre y cuando los ingresos que perciba la entidad sean destinados al objeto previsto en el estatuto y en ningún caso se distribuyan, directa o indirectamente, entre los socios. Para obtener el certificado de exención sobre éste impuesto, hay que dirigirse a la Dirección General de Rentas de la Ciudad de Buenos Aires con toda la documentación de la entidad e iniciar el trámite correspondiente.
 Inscripción en el ROAC. Una vez obtenida la personería jurídica es importante inscribir a la asociación en el Registro de Organizaciones
de Acción Comunitaria (ROAC), que es un organismo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, ubicado en la Avenida de Mayo 591, 4º piso,
por cuanto dicha inscripción será necesaria para peticionar o realizar cualquier otra gestión ante el Gobierno de la Ciudad, y al mismo tiempo es requisito necesario para poder formar parte del Consejo Consultivo
de Organizaciones No Gubernamentales en cada Centro de Gestión y Participación (CGP), y en el futuro, en las Comunas que se creen.



































Profesorado: Tecnología
Taller: Tecnología y ONGs
Tipo de espacio: optativo
Curso y División: 4to 2da ( Anexo – Eloy Ortega )
Duración: Cuatrimestral ( 2do cuatrimestre)
Profesor: Lic. Rodolfo Domínguez
Carga Horaria : 4 (cuatro) horas
Día dictado: desde las ….. horas hasta …… horas

PRIMER ACTIVIDAD
• Reunirse en grupo no mas de dos
• Leer comprensivamente el material teórico
• Debatir en el grupo todos los puntos
• Elegir u representante
• Debatir en lo colectivo de 4to 2da

EXTRA CLASE: Búsqueda de la ONG y de todos los datos requeridos, principalmente su estatuto.; pueden trabajar de a dos.-
Realizar un informe (de 2 alumnos- en carpeta A4 – tener: Carátula – introducción- desarrollo – conclusiones-bibliografía) respondiendo los 16 ítems (el desarrollo) en Word entregar el 19/08/08 y estudiar para el coloquio correspondiente al Primer Parcial el día …..../ septiembre 2008)
Contestar y estudiar
1) ¿Qué es una ONG?
2) Tipos de ONG que se pueden constituir
3) Las ONGs en la Argentina
4) Una fundación es un tipo de persona jurídica que se caracteriza por ser una organización sin ánimo o fines de lucro.
5) Constitución de ONG
6) ONG de Desarrollo son aquellas organizaciones que trabajan principalmente en la Cooperación para al Desarrollo, la Solidaridad Internacional y la Acción Humanitaria.
7) ¿Cuales son los sectores de trabajo?
8) ¿La federación es la unión de cuantas asociaciones?l
9) ¿Que es una Confederación?
10) ¿Qué es una Fundación?
11) ¿Qué es una asociación?
12) Explicar los pasos a seguir para constituir una Fundación
13) ¿Cómo constituir una Asociación?
14) Elaboración del acta fundacional
15) Como se Constituye una ONG
16) Explicar de una ONG todo lo referido a:
a. Los órganos asociativos
b. Inscripción en el registro
c. La solicitud contendrá los siguientes datos:
d. Legalización de los libros de actas y socios
7) http://canales.solucionesong.org/detalle/?id=345&idi=14




Profesorado: Tecnología
Taller: Tecnología y ONGs
Tipo de espacio: optativo
Curso y División: 4to 2da ( Anexo – Eloy Ortega )
Duración: Cuatrimestral ( 2do cuatrimestre)
Profesor: Lic. Rodolfo Domínguez
Carga Horaria : 4 (cuatro) horas
Día dictado: desde las 19,00 horas hasta 21,10 horas

SEGUNDA ACTIVIDAD
1. Entrar en la Pagina SOLUCIONES ONG (S ONG)
2. Realiza lectura comprensiva e interpreta cada uno de los ítems de la página
3. Comentar y realizar interpretaciones sobre el mismo
4. Grupo completo del Taller de “T. y ONGs” deberán debatir y socializar sobre el contenido de la pagina
(S ONG) = http://www.solucionesong.org/asesoria/consultas/consulta/?id=3716
CONTENIDOS DE LA PAGINA
1. Asesoria para ONG
a. Formula tu consulta
b. Asesores Voluntarios
c. Ver consultas
d. Formación
e. Cursos on line
f. Ofertas formativas
2. Canales Temáticos
a. Calidad
b. Captación de fondos
c. Comunicación
d. Cooperación
e. Estrategia
f. Fiscalidad
g. Gestión de Proyectos
h. Informática
i. Marco Legal
j. RRHH/Voluntariado
3. Quienes Somos
4. Contáctanos
5. Colaboradores
6. Usuario del Servicio


Profesorado: Tecnología
Taller: Tecnología y ONGs
Tipo de espacio: optativo
Curso y División: 4to 2da ( Anexo – Eloy Ortega )
Duración: Cuatrimestral ( 2do cuatrimestre)
Profesor: Lic. Rodolfo Domínguez
Carga Horaria : 4 (cuatro) horas
Día dictado: desde las 18,40 horas hasta 21,10 horas

TERCERA ACTIVIDAD

Cada par de alumnos deberá realizar una webquest relacionado con la temática Tecnología y ONG para alumnos del nivel secundario, deberán expresar a que año va dirigido en primera instancia deberán entrar e investigar el blogs de :
1) Domínguez Rodolfo Webquest “ Taller de Tecnología y ONGs” http://rodolfodominguez2008.blogspot.com/
2) Aprender la Estructura y funcionamiento de una Webquest
3) Especificar el tipo de webquest y la cantidad de horas demandada para su desarrollo
4) Publicar la webquest en el blog grupal

Cuarta ACTIVIDAD

DATOS DE LA ONG
Nombre de la ONG
Fundación (fecha)
Nro de Resolución
Nro de Cuit
Domicilio
Código Postal
Teléfono
E mail:
1. ESTATUTO
a. Denominación (1)
b. Propósitos (2)
c. Capacidad para adquirir bienes (3)
d. Patrimonio - composición – (4)
2. ASOCIADOS, CONDICIONES DE ADMISIÓN RÉGIMEN DISCIPLINARIO
a. Activos (5)
b. Adherentes (5)
c. Honorarios (5)
d. Categorías de los Asociados (5)
e. Derechos y Obligaciones de los Asociados (6 y 7))
f. Sanciones a los Asociados (8 y 9)
3. COMISIÓN DIRECTIVA (CD) Y JUNTA FISCALIADORA (JF)
a. Cargos (10)
b. Condiciones para cargos (11 y 12)
c. Número de miembros (13)
d. Reuniones (14)
e. Atribuciones y Deberes de la CD (15 y 16)
4. ATRIBUCIONES Y DEBERES DEL
a. Presidente y vicepresidente (17)
b. Secretario y prosecretario (18)
c. Tesorero y Protesorero (19)
d. Vocales titulares y suplentes (20)
5. ASAMBLEAS
a. Ordinarias (21)
b. Extraordinarias (22)
c. Convocatorias (23)
d. Validación (24, 25 y 26)
6. ELECCIONES
a. La elección y renovación de autoridades (27, 28, 29 y 30)
7. DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
a. Condiciones (31)
8. DISPOSICIÓN TRANSITORIA
a. Las que considere la asociación (32)
b.
(Ver en st2005@argentina.com: ESTATUTO DE LA ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA)

9. Publicar en la Web todo lo necesario para publicitar a la entidad elegida
10. La página deberá publicar la información institucional de la organización. Y deberá poseer:
a) Secciones de contenidos
b) Página presentación inicial
c) Misión de la Organización
d) Objetivos de la Organización
e) Proyectos
f) Autoridades
g) Datos institucionales y contacto.
h) El producto básico
i) Fotos



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